Ley Nº 24647

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 24647

EL CONGRESO AUTORIZA AL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL ENTRE

21 Y 31-1-87 (“El Peruano” 20-1-87)

RESOLUCION LEGISLATIVA

No. 24647

El Congreso, de conformidad con lo prescrito en él inciso octavo de) Artículo 186o. concordante con el inciso tercero del Artículo 206o. de la Constitución Política del Estado, y en vista de la solicitud de autorización formulada por el señor Presidente de la República para atender a invitaciones que le han sido cursadas con motivo de las celebraciones del Día de la Independencia de la República de la India, así como para asistir a la Reunión Cumbre del Comité Organizador del Fondo Africa de Lucha contra el Apartheid, ha resuelto acceder a la petición y, en consecuencia autorizarlo para que en el ejercicio de la función presidencial pueda ausentarse del territorio nacional entre el 21 y 31 de Enero del presente año;

La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Lima, 19 de Enero de 1987.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíque-se y archívese.

ALAN GARCIA PEREZ LUIS ALVA CASTRO

Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas.

CARLOS BLANCAS BUSTAMANTE Ministro de Justicia, Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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