Tipo de Norma: Ley
Número: 24546
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24546LEY Ni 2454*
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO;
El Congieso ha dado la Ley siguiente;
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU;
Ha dado la ley siguiente;
Artículo 1“—Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto de* Gobierno Central, correspondiente al Ejercicio Fiscal 1986, por la sumn de Cincuenticinoo Millones Trescientos Quince Mil Intis (IL 55'315,000). conforme a detalle siguiente:
VOLUMEN 1: Gobierno Central TITULO I: Ingresos
II.
CAPITULO I: ingresos del Tesoro Publico ...... “................. 55*315 000
TITULO II; Egresos SECTOR 02: Senado de la República PLIEGO 01; Senado de la República FUENTE DE FINANOIAMIENTO:
Tesoro Público
UNIDAD PRESUPUESTARIA 01:
Senado de la República .. .. .. I/. 55*315,000
ASIGNACIONES Importe-Intis
LUIS ALBERTO SANCHEZ SANCHEZ, Presidenta del Senado
LUIS NEGREIROS CRIADO, Presidente do la Cámara de Diputados
JUSTO ENRIQUE DEBARBIERI RIOJAS, Senador Secretario
ALBERTO VALENCIA CARDENAS, Diputado Secretario
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
POR TANTO;
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de agosto de mil novecientos ocher.itisdis.
alan GARCIA PEREZ, Presidente Constitucional de la República
LUIS ALVA CASTRO, Ministro de Economía y Finanzas.
01.00 Remuneraciones.......... .. 23*000,000
02.00 Bienes..................... 3*625,000
03-00 Servicios.................. 7’69O,OO0
04.00 Transferencias Corrientes ... ... 4'OQG,000
05.00 Pensiones................ ll’OOOJJOO
00,00 Bienes de Capital...... 6’000,000
I/. 55’315,000
Artículo 2—La presente ley, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial *’E1 Peruano”
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
Gasa del Congreso, en Tima, a loa veinticuatro días del mes de Julio de mil novecientos ochenti-seis.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.