Tipo de Norma: Ley
Número: 24452
documento PDF
24452LEY N* 24452
1;l. PRESIDENTE DE LA REPUDRICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo 1" — Autorízase un Crédito ^aj^uemen-tario en el Presupuesto del Sector Público para 1985, por la suma de Cincuenta Millones de lntis (1J. 5í>’U00,000); equivalente a Cincuenta Mil Millones de Sotes Oro (S/. 50,000’íK)0,000) conforme al siguiente detalle:
VOLUMEN: 01 Gobierno central 'TITO LO I: Ingresos CAPITULO I: Ingresos del Tesoro
r^uoiico............... I/» 5QVOQ,QOO
TITULO II: Egresos SECTOR 1G: Agricultura PLIEGO 01: Minisuerio de Agricultura U.P. 01: Dirección y Administración General
ASIGNACION
04.00: Transferencias Corrientes
04.05: A las Empresas Publicas 1J. 50000,000
Empresa Nacional de Comercialización de Insumos-ENCI
Artículo 2 — En un plazo no mayor de cinco <5) dias a partir de la publicación de la presente ley mediante Resolución del Titular del Pliego, se autorizará la desagregación del monto aprobado
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.