Tipo de Norma: Ley
Número: 24414
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24414AUTORIZAN CREDITOS SUPLEMENTARIOS EN PRESUPUESTO DEL GOBIERNO CENTRAL, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 1985.
LEY N° 24414
EL PRESIDENTE DE LA REPUBIICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República del Perú;
Ha dado la ley siguiente:
Articulo 1— Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Gobierno Central, correspondiente a! Ejercicio Fiscal 1985, por la suma de Cuatro millones cuatrocientos ochenticuatro mil Intis (I/. 4'484,000) equivalente a Cuatro mil cuatrocientos ochenticuatro millones de soles (S/. 4,484’ÜOOJ,ÜOOX, conforme al siguiente detalle:
I/.
Volumen 01: Gobierno Central Título T: Ingresos Capitulo I: Ingresos del
Tesoro Público 4'4B4,000
1.0.0 Ingresos Corrientes
1.1.0 Impuestos
1.1*6 Otros Ingresos
Tributarios
1.1.6.11 Otros 4’484,000
4’484,000
Pu
Título II: Egresos Sector 16: Agricultura Pliego 01: Ministerio de Agricultura UP. 01: Central Programa 0101 Central EEP 001; . Diga GASTO—ASIGNACION
04.00 Transí. Corrientes 04.04 A las Instituciones
ncas. Instituto Nacional
I/. 2J739,000
830.000 1250,000
452.000
207.000
I/. 2J739,000
47,000
774.000
522.000
1*343,000
de Investigación y Promoción Agropecuaria (INIPA)
CIPA XV — Puno
01.00 Remuneraciones I/.
02.00 Bienes
03.00 Servicios
04.00 Transí. Corrientes S UB—TOTAL UP 01
UP 02; Regional Programa 0221; Desarrollo de la Región Agraria XXI Puno,
EEP 021; Región Agraria
XXI — Puno
GASTO—ASI GNACIO N
01.00 Remuneraciones
02.00 Bienes
03.00 Servicios
SUB—TOTAL UP 02
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.