Ley Nº 24370

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 24370

Tipo de Norma: Ley

Número: 24370


Visualización de la norma: Ley 24370



Descargar Ley 24370 en PDF -

documento PDF

 24370

EDUCACION Y MUNICIPALIDADES DE TODA LA REPUBLICA, PROMOVERAN Y CONDUCIRAN LAS ACTIVIDADES CORRESPONDIENTES AL AÑO INTERNACIONAL DE LA JUVENTUD

LEY N 24370

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

El Congreso de la República del Perú;

Ha dado la ley siguiente:

Artículo 1 — El Ministerio de Educación y fas Municipalidades de toda la República, promo. verán y conducirán las actividades correspondientes al Año Internacional de la Juventud a través de actividades artísticas, deportivas, recreativas y de proyección social, a fin de difundir el significado de dicha celebración con la mayor .participación de la Comunidad, en particular de las instituciones juveniles.

Artículo 2* — El Ministerio de Educación y tas Municipalidades procederán a realizar las actividades a que se refiere el Artículo 1 de esta Ley el último sábado del mes de Noviembre del año en curso, en cuya oportunidad los jóvenes quedarán liberados de cualquier pago por el uso o asistencia a los locales e instalaciones donde se conmemore el Día Internacional de la Juventud

Artículo 3 — Las Municipalidades coordinarán #0(1 las autoridades del Sector Educación, en sus

respectivas jurisdicciones, para el mejor cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ley.

Artículo 4 — El Poder Ejecutivo queda encargado de dictar las disposiciones correspond entes para el mejor cumplimiento de la presente Ley.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiséis días del mes de Noviembre de mil novecientos ochentlcinco.

JUSTO ENRIQUE DEBARBIERI RÍOJAS, Senador Secretario.

ALBERTO VALENCIA CARDENAS. Diputado Secretario.

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA PvEPUBLICA.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa cíe Gobierno en L;ma. a Jnt veintiocho días del mes de noviembre de rml novecientos ochenticmco.

ALAN GARCIA PEREZ, Presidente Constitucional de la República.

GROVER PANGO VILDOSO, Ministro de Educación.

LUIS ALBERTO SANCHEZ SANCHEZ, Presidente del Senado.

LUIS NEGREIROS CRIADO, Presidente de la Cámara de Diputados.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos