Tipo de Norma: Ley
Número: 24333
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24333LEY N* »4.rf3
el PRESIDENTE DE la REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la Ley siguiente:
El Congreso de la República del Perú;
Ha dado la loy siguiente:
Artículo 1-—Autorízase un Crédito Suplementario en e] Presupuesto del Sector Público para 1985, por la suma de Ciento Ou.arentidós Mil Intis (I/. 142.0U0), equivalente a Ciento Cuarentidós Millones de Soles Oro (S/. 142’000,000)( conforma al siguiente detalle.
VOLUMEN 01: Gobierno Central TITULO I: Ingresos CAPITULO II: Ingresos Propios 1.0.0 : Ingresos Corrientes
1.2.0 : Tasas
1.2.1 : De Administración General
1.2.1.09 : Tramitación de Expedientes en CONITE......S¡. 142^000,000
TITULO II: Egresos SECTOR: 12: Economía v Finanzas PLIEGO 01: Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD PRESUPUESTARIA 03: Economía PROGRAMA 301: Central
ENTIDAD EJECUTORA DEL PRESUPUESTO 900: Bienes de Capital-CONITE
ASIGNACIONES
S/.
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.