Ley Nº 24221

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 24221

1.4.5.03 í.4.6 1.4.6,00

80*310

78*645

LEV N» 24221

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso ha dado la Ley siguiénté:BL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU Ha dado la ley siguiente:

Artículo 1 — Autorizase un Crédito Suplementario, en vía de regularización, en el Presupuesto del Gobierno Central, correspondiente al Ejercicio Fiscal de 1984, por la suma de CIENTO CIN-CUENTIOCIIO MILLONES NOVECIENTOS CIN-CUENTICINCO MIL SOLES ORO (S/. 158*850, 900), conforme al siguiente detalle:

En Miles de Soles

VOLUMEN 01: Gobierno Central TITULO I: Ingresos CAPITULO II: Ingresos Propios V. P. 06: Atención Integral de la

Salud

PROGRAMA G05: Dirección Regional

N V - Huaraz

1.0.0 : Ingresos Corrientes

1,4.0 : Venta de Bienes Corrientes

y de Servicios 1.4.5 : De Salud'

Hospitalización

Otros

Servicios Varios

Artículo 2* — Para los efectos de la aplicación da a presente ley, exceptúase al Ministerio de Salud le las limitaciones contenidas en los incisos b) y 3) del artículo 63- de la Ley No. 23740.

Artículo 3 — Mediante la presente ley autorízase a la Dirección General del Presupuesto Público a modificar el Calendario Mensual de Compromisos.

Artículo 4« — La presente ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ‘El Peruano".

Comuniqúese ai Presidente de la República para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veinticinco días del mes de Junio de mil novecientos ochen-llclnco.

MANUEL ULLOA ELIAS, Presidente del Senado .

JORGE ALBERTO DIAZ LEON Primer Vicepresidente de la Cámara de Diputados.

CARLOS MANCIIEGO BRAVO, Senador Secretarlo;

CARLOS SARABIA SWETT, Diputado Secre-

tario.

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCION Al, DE LA REPUBLICA

POR TANTO:

1

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno ,en Lima, a lo<4 nueve días del mes de Julio de mil novecientos ochentlcinco.

FERNANDO BELAUNDE TERRY

GUILLERMO GARRIDOS LECCA ALVARES CALDERON.

Total Ingresos: 8/ 158*955

TITULO II : Egresos

BECTOR 14 : Salud

PLIEGO 01 : Ministerio de Salud

F. P. : Ingresos Propios

V. P. 06 : Atención Integral de la

Salud

PROGRAMA 605 : Dirección Regional

No V - Huaraz E. E, P. 005 : Dirección Regional

N V - Huaraz

I ASIGNACIONES

«2.00 BIENES 8/ 120*377

02.01 Alimentos para Personas 30'38S

02.08 Materiales Médicos y Medicinas 39*426

02.09 Materiales de Laboratorio I4’36L

02.20 Combustibles* Carburantes y

Lubricantes 28*990

02.23 Repuestos 7*208

03.00 SERVICIOS 38*678

03.01 Pasajes, Viáticos y Asignaciones

(Comisión dé Servicio) 30*878

03.11 Mantenimiento y Reparación 910

03.13 Tarifas dé Servicios Públicos 16*790

Total de Egresos : 158*955

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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