Tipo de Norma: Ley
Número: 24167
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24167CREA EN EL DEPARTAMENTO DE APURIMAC, PROVINCIA DE CHINCHEROS, EL DISTRITO DE
HUACCANA
LEY No. 24167
Artículo lo — Créase en el Departamento de Apurímac, Provincia de Chincheros, el Distrito de Huaccana, cuya capital será el Centro Poblado Huaccana que se eleva a la categoría de Pueblo por la presente Ley.
Artículo 2o.— Los límites han sido trazados en la Carta Nacional, escala: 1:100,000: Hoja San Miguel 270, elaborada y publicada por el Instituto Geográfico Militar (hoyJnstituto Geográfico Nacional) y son:
Por el Norte y Noreste: Con la Provincia de La Mar, del Departamento de Ayacucho; a partir de la desembocadura del Río Cullay en el Río Pam-n^<: pI Iímtfp dp^rrihe una dirección aeneral Ñor-este por et thalweg del Ri'o Pampas aguas abajo, siguiendo el límite provincial hasta llegar a la desembocadura en el Río Pampas (margen derecha).
Por eí Este y Sureste: Con el Distrito deOngoy; a partir del último lugar nombrado el límite describe una dirección general Sureste siguiendo las divisiones de qguas entre el-Río Pampas y el Río Chacábamba hasta llegar a la cumbre del Cerro Ayaviri. De este lugar el límite sigue por los linderos de la Comunidad de Huaccana hasta llegar a la cumbre del Cerro Jerusalén (cota 4240).
Por el Sur: Con los Distritos de Ongoy y Chincheros; a partir del último lugar nombrado el límite describe una dirección Sur-Suroeste por divisorias de aguas pasando por la cumbre de los Cerros Azul Chico, Patacocha, Capitallapata y Quisuar Orjo de donde el límite sigue por la naciente y el thalweg de la Quebrada Quisuar Huay-jo aguas abajo hasta su desembocadura en la Quebrada Suyroruyoc para continuar por el thalweq
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.