Ley Nº 24068

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Número: 24068


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 24068

PRORROGAN POR 60 DIAS LA FACULTAD OTORGADA AL PODER EJECUTIVO DE DICTAR MEDIANTE DECRETO LEGISLATIVO, EL CODIGO DE EJECUCION PENAL

LEÍ N 24068

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

Et Congreso ha dado la Ley siguiente:

El Congreso ele la República del Perú;

Ha dado la ley siguiente:

Articulo 1— Prorrógase por 60 dias la facultad otorgada ál Poder Ejecutivo por Ley N 25860, de dictar mediante decreto legislativo, el Código ¿9 Ejecución Penal, dando cuenta al Congreso, con-forme al Artículo 188 de la Constitución Politicé dél Perú.

Articulo 2— Lá presente ley rige á partir del día siguiente a 9U pqbllcación en el Diario Oficial "El Peruano".

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los cinco días del mes de Enero de mil novecientos ochenticlnco.

MANUEL ULLOA ELIAS, Presidente del Se* nado.

ELIAS MENDOZA HABERSPERGER, Prest dente de la Cámara de Diputados.

CARLOS MANCHEGO BRAVO, Senador Se-eretarto«

ERNESTO OCAMPO MELENDEZ, Diputado Secretario.

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de enero de mil novecientos ochenticlnco.

FERNANDO BELAUNDE TERRY ALBERTO MUS'SO VENTO



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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