Ley Nº 240

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Tipo de Norma: Ley

Número: 240


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Res. leg. N.° 240 Pensión á D.a María Sarcia

Calderón

Lima, 13 de octubre de 1906. Excmo. Señor:

El Congreso, teniendo en consideración los eminentes servicios prestados á la nación por el doctor clon Francisco García Calderón, ha resuelto conceder á su hija doña María García Calderón, la pensión mensual de veinte libras.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde á V. E.-M. C. Barrios,

Presidente del Senado.—Juan Pardo, Primer Vice-Presidente de la H. Cámara de Diputados.—Julio Revoredo, Pro-Secretario del Senado.—Germán Arenas, Diputado Secretario.

Excmo. señor Presidente de la República.

Lima, 15 de octubre de 1906

Cúmplase, regístrese, comuniqúese y publíquese - Rúbrica de S. E.—Polar.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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