Ley Nº 23959

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 23959

LEY N 23058

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

El Congreso, en vista de la iniciativa del Poder Ejecutivo, formulada de acuerdo con el Artículo 190 do la Constitución Política del Estado, ha resuelto conceder Pensión de Grada a don Alfredo Pajares Grados, en su condición de hijo de quien fuera don Lizardo Pajares Muñoz, ex-combatiente de la Batalla de San Pablo, por la suma mensual equivalente a dos (2) sueldos mínimos vitales vigente para los trabajadores de la industria y comercio de la actividad privada de la Provincia de Lima, siempre que no exceda del limite fijado por el Articulo 4 del Decreto Supremo N 022—81— JUS, de 22 de setiembre de 1981, que norma el otorgamiento de Pensiones de Gracia.

La Pensión de Gracia a que se refiere el párra-



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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