Ley Nº 23942

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 23942

DECLARAN COMO DISTRITO HISTORICO DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL, A LA JURISDICCION DE VEGUETA, DE LA PROVINCIA DE CHANCAY, DEPARTAMENTO DE LIMA

LEY N 23942

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU:

Ha dado la ley siguiente:

Artículo 1» — Declárese como DISTRITO HISTORICO DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL, & la jurisdicción de Végueta, de la Provincia de Chancay, Departamento de Lima.

Artículo 29 — El Poder Ejecutivo dispondrá las medidas pertinentes para el cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los once días del mes de Octubre de mil novecientos ochen ticuatro.

MANUEL ULLOA ELIAS, Presidente del Senado.

ELIAS MENDOZA HABERSPERGER, presidente de la Cámara dé Diputados.

EDUARDO YASHIMÜRA MONTENEGRO. Se-

»

nador Prosecretario;

CARLOS SÁRABIA SWETT, Diputado Secretario.

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

POR TANTO;

Mando se publique y cumpia.

Dado en' la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y cuatro.

FERNANDO BELAUNDE TERRY VALENTIN PANIAGÜA CORAZAO LUIS PERCOVICH ROCA



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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