Ley Nº 23893

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 23893

Tipo de Norma: Ley

Número: 23893


Visualización de la norma: Ley 23893



Descargar Ley 23893 en PDF -

documento PDF

 23893

LEY No. 23893

Artículo lo.- Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Gobierno Central, correspondiente al Ejercicio Presupuestal de 1984, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ascendente a la suma de CIENTO SETENT1S1ETE MIL QUINIENTOS DIECINUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL SOLES ORO (S/. 177,519*600,000), conforme al detalle siguiente:

NL: No transcribimos el detalle de Sub-Cuentas.

Artículo 2o.— Dentro de los cinco (5) días calendarios a partir de la promulgación de la presente ley, mediante Resolución del Titular del Pliego, se aprobará la

desagregación a nivel de Asignaciones Específicas. Copia de la Resolución será remitida a las Dependencias

que señala el artículo 113o. de la Ley No. 23740, del

Presupuesto del Sector Público para 1984.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Lima, 24 de Julio de 1984.

RICARDO MONTEAGUDO MONTEAGUDO. Presidente del Senado.

DAGOBERTO LAINEZ VODANOVIC,

Presidente de la Cámara de Diputados.

DOMINGO ANGELES RAMIREZ,

Senador Secretario.

PEDRO BARDl ZEÑA,

Diputado Secretario.

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 25 de Julio de 1984. FERNANDO BELAUNDE TERRY. JOSE BENAV1DES MUÑOZ.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos