Ley Nº 23892

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 23892

Tipo de Norma: Ley

Número: 23892


Visualización de la norma: Ley 23892



Descargar Ley 23892 en PDF -

documento PDF

 23892

LEY No. 23892

Artículo lo.— Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para 1984, por la suma de Tres Mil Seiscientos Setentiocho Millones de Soles Oro (S/. 3,678*000,000), en la Fuente del Tesoro Público, conforme ai siguiente detalle;

NL: No transcribimos el detalle de sub-cuentas.

Artículo 2o.- En el término de diez (10) días calendarios siguientes a la publicación de la pre de los Gobiernos Locales (nivel Provincial y Distrital) desagregarán y autorizarán la modificación de sus presupuestos de acuerdo a las “Directivas Metodológicas para la Formulación del Presupuesto de los Gobiernos Locales (Nivel Provincial y Distrital) para 1984*’, sin variación de las metas de los proyectos transferidos, remitiendo copia de las Resoluciones autoritativas y formatos presupuestarios correspondientes a los Organismos que señala el artículo 13o. de la Ley Nc. 23740.

Artículo 3o.- La presente ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano**.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Lima, 24 de Julio de 1984.

RICARDO MONTEAGUDO MONTEAGUDO,

Presidente del Senado.

DAGOBERTO LAINEZ VODANOVIC,

Presidente de la Cámara de Diputados.

DOMINGO ANGELES RAMIREZ,

Senador Secretario.

PEDRO BARDI ZEÑA,

Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 25 de Juüo de 1984.

FERNANDO BELAUNDE TERRY.

JOSE BENAV1DES MUÑOZ.

********************



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos