Ley Nº 23886

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Número: 23886


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 23886

ADJUDICAN A LA APIA (ASOCIACION PERUANA DE INGENIEROS AGRONOMOS) EL LOCAL UBICADO EN EL JIRON PABLO BERMUDEZ N" 375, CON UN AREA DE 1,350 METROS CUADRADOS, LOCAL DONDE FUNCIONA DESDE HACE MAS DE 30 ANOS SU LOCAL

INSTITUCIONAL

LES N” 28886

DAGOBERTO LAINEZ VODANOVIC

Presidente de la Comisión Permanente del Congreso

POR CUANTO:

ÉL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU;

Ha dado la ley siguiente.

Artículo 1—Adjudiqúese a la APIA (Asociación Peruana de Ingenieros Agrónomos) el local ubicado en el Jirón Pablo Bermüdez N 375, con un área de 1,350 metros cuadrados, local donde funciona desde

hace más de 30 años su local institucional. _

Artículo 2—Esta ley regirá desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial E1 Peruano’'

Comuniqúese al Presidente de la Repüblioa para su promulgación.

Oasa del Congreso,,en Lima, a los dieciséis días del mes de mayo de mil novecientos ochenticuatro.

ALBERTO GO[COCHEA ITURRt, Senador Secretario

PEDRO BARDI ZEÑA, Diputado Secretario Al señor Presidente Constitucional de la República

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada oportunamente por e! señor Presidente de la República; en observancia de lo dispuesto en el Articulo 193 de la Constitución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Vivienda y Construcción, para su cumplimiento.

Casa del Congreso, en Lima, a los trece días del mes de junio de mil novecientos ochenticuatro.

DAGOBERTO LAINEZ VODANOVIC, Presidente de la Comisión Permanente del Congreso

GASTON ACURIO VELARDE, Senador Secretario de la Comisión Permanente del Congreso

ALBERTO GALLENO TAPIA, Diputado Secretario de la Comisión Permanente del Congreso.

Lima, 4 de julio de 1984

Cúmplase, comuníquese, regístrese, publiquese y archívese.

JAVIER VELARDE ASPILLAGA, Ministro do Vivienda y Construcción.

Pag. — 2G949

RICARDO MONTEAGUDO MONTEAGUDO, Presidente del Senado

DAGOBERTO LAINEZ VODANOVIC, Presiden, te de la Cámara de Diputados



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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