Ley Nº 23832

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23832

CREA LA PROVINCIA DE CONDORCANQUI EN EL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS, CUYA CAPITAL SERA EL CENTRO POBLADO DE SANTA MARIA

DENIFVA

LEY No. 23832

Artículo lo. Créase la Provincia de Condorcanqui en el Departamento de Amazonas cuya capital será el Centro Poblado de Santa María de Nieva que se eleva a la categoría de Villa por la presente Ley.

Artículo 2o.- La Provincia de Condorcanqui estará constituida por los siguientes distritos Nieva que se crea por la presente Ley con su capital la Villa Santa María de Nieva; Río Santiago que se crea por la presente Ley con su capital el Centro Poblado Huampami; las dos últimas capitales se elevan a la categoría de Pueblo por la presente Ley.

Artículo 3o. - Los límites de la Provincia de Condorcanqui y sus distritos han sido trazado en el Mapa Físico Político del Departamento de Amazonas primera edición 1981, a escala 1: 600,000, y el Mapa Físico Político del Perú (1982) a escala 1: 1'000,000 elaborados y publicados por el Instituto Geográficos Nacional, y son los siguientes :

LIMITE PROVINCIAL Por el Ñor-0 este:

Con la República del Ecuador, siguiendo el límite internacional, por la Cordillera del Condor, desde el Hito Empalme hasta un punto formado por la intersección del límite internacional con la divisoria de aguas Este de la cuenca del ríos Santiago.

Por el Este:

Con los Distritos de Motona y Manseriche de la Provincia Alto Marañón del Departamento de Loreto; a partir del último lugar nombrado, el límite tiene una dirección general, Sur por la Cordillera de Campanquiz siguiendo el límite departamental por la divisoria de aguas

Este de la cuenca del Ríe Santiago hasta la parte más estrecha del Pongo de Manseriche en el Río Marañón; de

este lugar el límite continúa al Sur por la prolongación de la Cordillera de Campanquiz que forma divisoria de aguas entre los afluentes del Río Marañón por su margen derecha, aguas arriba abajo del Pongo de Manseriche hasta la nacientes del Río Yana Apaga en esta divisoria.

Por el Sur-Este:

Con el Distrito de Yambrasbamba de la Provincia de Bongará, desde el último lugar nombrado el límite sigue

una línea recta Sur-Oeste hasta las nacientes del Río Numpatyacu en la divisoria de aguas de las cuencas de los ríos Nieva y Chinaco.

Por el SurOeste:

Con la Provincia de Bagua, desde el último lugar

nombrado el límite tiene una dirección general Nor-Oes-te siguiendo la divisoria de aguas de las cuencas de los Ríos Chiriaco-Marañón y Río Nieva hasta la parte más estrecha del Pongo de Huaracayo de donde el limite prosigue por el thalweg del Río Marañón, aguas arriba, hasta la desembocadura del río Cenepa; de este lugar el límite continúa por la divisoria de aguas de las cuencas de

los Ríos Marañón y Cenepa hasta la divisoria Este de la cuenca del Río Numpatkay (centro de dispersión de aguas de los Ríos Numpatkay, Cenepa, Comaina y Maia-ñon), de este punto el límite continúa por esta divisoria hacia el Sur-Oeste hasta una distancia de 12 Km. en línea recta, luego hacer una inflexión hacia el Oeste hasta el Pongo de Dorpin en el río Numpatkay, de este lugar el límite tiene una dirección Nor-Oeste por la divisoria Este de la cuenca del Río Tunduza, hasta el límite internacional con el Ecuador en el Hito Emplome.

DISTRITO DE NIEVA Por el Norte:

Con el Distrito Río Santiago a partir de un punto localizado en el centro de dispersión de aguas de las cuencas de Ríos Santiago, Cenepa y Marañón el límite tiene una dirección general Este, siguiendo la divisoria de aguas de las cuencas de los Ríos Marañón y Santiago hasta la desembocadura del Río Santiago en el Río Marañón, sigue por thalweg de este río aguas abajo hasta el límite departamental en el Pongo de Manseriche.

Por el Este:

Con el Distrito de Manseriche de la Provincia Alto Amazonas del Departamento de Loreto, y el Distrito de Yambrasbamba de la Provincia Bongara, siguiendo el

límite provincial desde el Pongo de Manseriche hasta las nacientes del Río Numpatyacu.

Por el Oeste:

Con la Provincia de Bagua, y el Distrito de El Cenepa, siguiendo el límite provincial desde el último lugar nombrado hasta la parte más estrecha de! Pongo de Huaracayo, de este lugar el límite continúa hacia el Norte por la divisoria de aguas del Río Marañón y Cenepa hasta el centro de dispersión de aguas de las cuencas de los

Ríos Cenepa, Santiago y Marañón.

DISTRITO DE EL CENEFA

Por el Nor-Oeste:

Con la República del Ecuador, siguiendo el límite

internacional, desde el Hito Empalme, hasta un punto de este límite, en la divisoria de aguas de las cuencas

de los Ríos Cenepa y Santiago.

Por el Este:

Con los Distritos Río Santiago y Nieva, desde el último lugar nombrado el límite describe una dirección general Sur, siguiendo la divisoria de aguas de las cuencas de los ríos Cenepa y Santiago hasta el centro de dispersión de aguas de las Cuencas de los Ríos Or^pa, Santiago y Marañón, de este punto el límite pn t \é por la divisoria de aguas de las Cuencas de los Kíí¿ Cenepa y Marañón hasta la parte más estrecha del Po-.f > de Huaracayo.

Por el Sur:

Con el Distrito de Imaza de la Provinica de Bagua siguiendo el límite Provincial desde el Pongo de Huaracayo hasta el Hito Empalme en el límite internacional con la República del Ecuador.

DISTRITO DE RIO SANTIAGO

Por el Nor-Oeste:

Con la República del Ecuador siguiendo el límite internacional desde su intersección con la divisoria de

aguas de las cuencas de los ríos Cenepa y Santiago, hasta la intersección de la divisoria de aguas de las cuencas de los Ríos Santiago y Morona con el límite internacional

Por el Este:

Con los Distritos de Morona y Manseriche de la Provincia Alto Amazonas del Departamento de Loreto siguiendo el límite Provincial-Departamental desde el último lugar nombrado hasta el Pongo de Manseriche.

Por el Sun

Con el Distrito de Nieva a partir del Pongo de Manseriche, el límite sigue el thalweg del Río Marañón aguas arriba hasta la desembocadura del Río Santiago, de este lugar el límite tiene una dirección general Oeste, siguiendo la divisoria de aguas de las cuencas de los Ríos Santiago y Marañón hasta el Centro de dispersión de aguas ae las cuencas de los Ríos Santiago, Cenepa y Marañón.

LIMITES DISTRITALES



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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