Ley Nº 23824

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Número: 23824


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 23824

AUTORIZAN, EN VIA DE REGULARE ZACION, DOS CREDITOS SUPLEMENTARIOS EN FAVOR DE VARIOS SECTORES

1.4.5

De Salud:

1.4.5.03

—Hospitalización.......

203’392,000

1.4.5.04

—Consulta Médica ... ....

106'853,000

1.4.5.05

—Servicio de Ambulancia

168,000

1.4.6

Otros:

1.4.6.06

—Servicios Varios.......

36'943,000

1.8.0

Saldos de Balance

1.8.2

En Bancos:

—Saldos de Balance.....

120’263,000

638484,000

£H

02.00 BIENES

LEX N 23824

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

FOR CUANTO;

El Congreso ha dado la Ley siguiente;

L* CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PE-

Ha dado la ley siguiente:

Artículo 1. — Autorízase, en vía de regularizaron, un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Gobierno Central correspondiente al Ejercicio de 1983, por la suma de Novecientos Veinticinco Millones Dorcientos Dieciocho Mil Soles Oro (S/. 925’218,000), conforme al siguiente detalle:

VOLUMEN 01 ; Gobierno Central TITULO I : Ingresos

CAPITULO II : Ingresos Propios 1.0.0 Ingresos Corrientes

1.4.0 Venta de Bienes Corrien

tes y de Servicios 1.4.2 Industriales:

*/.

1.4.2.11 —Medicinas............ 167*000,000

1.4.2.15 —Fumigación........... 986,000

1.4.2.12 —Envases Diversos ... ... 372,000

CAPITULO IV : Ingresos por Transferencias

1.0.0 Ingresos Corrientes

1.7.0 Transferencias Corrientes

1.7.2 Internas: Del Sector Pú

blico

—Sociedad de Beneficencia Pública del Callao Sostenimiento en parte —

Hospital “San Juan de

Dios" del Callao...... 259494,000

—Sociedad de Beneficencia Pública del Cusco Sostenimiento en parte - Hospital “Antonio Lorena" del Cusco............ 27'240,000

286'734,000 925’218,000

TITULO II : Egresos

SECTOR 14 : Salud

PLIEGO 01 : Ministerio de Salud

PROGRAMA 606 Región VI - Lima

Asignaciones:

590'887,000



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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