Tipo de Norma: Ley
Número: 23824
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23824AUTORIZAN, EN VIA DE REGULARE ZACION, DOS CREDITOS SUPLEMENTARIOS EN FAVOR DE VARIOS SECTORES
1.4.5
De Salud:
1.4.5.03
—Hospitalización.......
203’392,000
1.4.5.04
—Consulta Médica ... ....
106'853,000
1.4.5.05
—Servicio de Ambulancia
168,000
1.4.6
Otros:
1.4.6.06
—Servicios Varios.......
36'943,000
1.8.0
Saldos de Balance
1.8.2
En Bancos:
—Saldos de Balance.....
120’263,000
638484,000
£H
02.00 BIENES
LEX N 23824
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
FOR CUANTO;
El Congreso ha dado la Ley siguiente;
L* CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PE-
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1. — Autorízase, en vía de regularizaron, un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Gobierno Central correspondiente al Ejercicio de 1983, por la suma de Novecientos Veinticinco Millones Dorcientos Dieciocho Mil Soles Oro (S/. 925’218,000), conforme al siguiente detalle:
VOLUMEN 01 ; Gobierno Central TITULO I : Ingresos
CAPITULO II : Ingresos Propios 1.0.0 Ingresos Corrientes
1.4.0 Venta de Bienes Corrien
tes y de Servicios 1.4.2 Industriales:
*/.
1.4.2.11 —Medicinas............ 167*000,000
1.4.2.15 —Fumigación........... 986,000
1.4.2.12 —Envases Diversos ... ... 372,000CAPITULO IV : Ingresos por Transferencias
1.0.0 Ingresos Corrientes
1.7.0 Transferencias Corrientes
1.7.2 Internas: Del Sector Pú
blico
—Sociedad de Beneficencia Pública del Callao Sostenimiento en parte —
Hospital “San Juan de
Dios" del Callao...... 259494,000
—Sociedad de Beneficencia Pública del Cusco Sostenimiento en parte - Hospital “Antonio Lorena" del Cusco............ 27'240,000
286'734,000 925’218,000
TITULO II : Egresos
SECTOR 14 : Salud
PLIEGO 01 : Ministerio de Salud
PROGRAMA 606 Región VI - Lima
Asignaciones:
590'887,000
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.