Tipo de Norma: Ley
Número: 23777
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23777AUTORIZAN CREDITO SUPLEMENTARIO EN PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA 1983, SECTOR SÁLUD
LEY N 23777
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
EL Congreso ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU;
Ha dado la Ley siguiente:
Artículo l9— Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para 1963, por la cantidad de Cuatrocientos Millones de Soles Oro (S/. 400’000,000.00) conforme al siguiente detalle:
YOLUMEN 01: Gobierno Central
TITULO I: Ingresos S/.
Capítulo III: Eendeudamiento....... 400’000,000
2.0.0; Ingresos de Capital
2.3.0: Endeudamiento 1.3.3; Externo
— Saldo Cuenta Corriente 6—000.—013194, del Banco de la Nación — Préstamo Grupo Svi-res S.p.A......... .... ... 400'000,000
Artículo 2*— En el término de quince (15) día, «Hitados a partir de la vigencia de la presente ley, el Ministerio de Salud desagregará a nivel de asignaciones específicas el monto aprobado por el articulo anterior. Copia de la correspondiente Resolución será remitida a los Organismos señalados por el artículo 73 de la Ley N9 2355G, dentro da los cinco (5) días siguientes a la fecha ce su aprobación.
Artículo 3— La presente ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en et Diario Oíicial “El Peruano”.
Comuniqúese al Presidente de la República pa~ n su promulgación.
Casa del Congreso, en Láma, a los veinticuatro días del mes de Enero de mil novecientos ochen-tieuatro.
RICARDO MONTEAGUDO MONTEAGUDO, Presidente del Senado.
DAGOBERTO LAINEZ VODÁNOVIC, Presidente de la Cámara de Diputados.
DOMINGO ANGELES RAMIREZ, Senador Se
cretario.
PEDRO BARDI ZENA, Diputado Secretarlo.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los veinticuatro días del mes de Enero de mil novecientos ochenticuatro.
FERNANDO BELAUNDE TERRY, Presidente Constitucional de la República.
ISMAEL BENAVIDES FERREYROS, Ministro de Pesquería, Encargado de la Cartera de Economía, Finanzas y Comercio.
TITULO II: Egresos
Bector 14: Salud
Pliego 01: Ministerio de Salud W.P.: Infraestructura Física W.E.P.: Hospital Rural de Huanta (Apertura Programática)
08.00*. Obras ................. 400’000,00r08.01: Por Contrata
Proyecto Hospitales Rurales — Terminación de Obra Civil y Equipamiento Hospital Rural Huanta.................... 400’000,000
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.