Tipo de Norma: Ley
Número: 23747
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23747LEY N 23147
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso ha dad^ la Ley siguiente:EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo I— Autorízase un Crédito Suplemento
rio en el Presupuesto del Gobierno Central costes.
pondiente al Ejercicio 11 £3,. por la suma aa Dos Mil Cuatrocientos Ocho Millones Setecientos Mil Soles Oro (S/. 2,408700(000), confórme al siguiente
detalle:
VOLUMEN Oír Gobierno Central, TITULO Ir Ingresos S/.
CAPITULO I: Tesoro Público
1.0. 0. : Ingresos Corrientes
1.9.0. : Otros Ingresos Corrientes
1.9.1. : Bienes
I. 9.1.01 : Recuperación de Alimentos. TITULO II: Egresos
SECTOR 16: Agricultura PLIEGO 01: Ministerio de Agricultura UNIDAD PRESUPUESTARÍA 01: Dirección y Administración. General.
PROYECTO: Planilicaeión Agrícola y Desarrollo Institucional (apertura)
ASIGNACIONES GENERICAS
04.00 TRANSFERENCIAS' CORRIENTES S/. l,ü25'000„0CO>
07.00 ESTUDIOS 234750,000
08.00 ÜBRaa 257'500,OQO
09.00 BiüjíNíí>S DE
CAPITAL 153'5.00,000
UNIDAD tu dUSUPU ESTARIA Ul: Dirección y Administración General
ASIGNACION GENERICA
II. Oü TRANSFERENCIAS
DE CAPITAL
11.01 A las Instituciones Públicas INIPA
Proyecto: Investigación, Educación
y Extensión Agrícola 547'000,000 UNIDAD PRESUPUESTARIA 05: Instituto Nacional Forestal y de Fauna (INFOR) PROGRAMA: Desarrolla» cvel Centro Forestal y de Fauna IV-Lima —Plantaciones Forestales en los Pueblos Jóvenes de Lima y Callao.
ASIGNACIONES GENERICAS02 00 BIENES 23'000,000
03 00 SERVICIOS 38*000,000
TOTAL PLIEGO MINISTERIO
DE AGRICULTURA SECTOR. 11: Aeronáutica FUEGQ 01: Ministerio de Aeronáutica
UNIDAD PRESUPUESTARIA 01: Ministerio de Aeronáutica
2,408700,000
2,408700^000
1,070750,000
ASIGNACION GENERICA
11.00 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
11.01 A las Instituciones Públicas
SENAMHI 71750,000
Proyecto: Planificación Agrícola y Desarrollo Institucional (apertura) S/. 71750,000
TOTAL PLIEGO MINISTERIO.
DE AERONAUTICA 71750,000
SECTOR 23: Instituto Nacional de Planificación
PLIEGO oí i Instituto Nacional de Planificación
UNIDAD. PRESUPUESTARIA 01:
Instituto Nacmnaf de Planificación
ASIGNACION GENERICA11.00 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
11.01 A ias Instituciones Públicas
ONERN 2Ü0,C0&
Planeamiento Ambiental e Identiiicaciór de Recursos Naturales S/. 45,’000.000
Conclusión IV Etapa Local Sede ONER IS^O^GGG
TOT AL PLIEGO INSTITUTO NACIONAL DE PLANIFICACION 5S’200^000'
TOTAL EGRESOS S /. 2,408700,000
Articulo 2— En el término de cinco (5j días calendarios contados a partir de la. vigencia de la presente ley, mediante Resolución del Titular del Pliego respectiva se aprobará la desagregación a nivel de Programas, Entidades Ejecutoras del Presupuesto, sub-proyectes o componentes según sea el caso, y de Asignaciones Específicas de los montos autorizados en el Artículo 1l Dicha Resolución será reí-mitida a los Organismos que señala, la Ley N 23556 dentro de los cinco (5) días calendarios de su apiro bación.
547'000,000
01 '000,0002,278750,000
Artículo 3— La presente ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.
Oasa clel Congreso, en Lima, a los treinta, días del mes de Diciembre de mil novecientos ochentí-trés.
MOISES WOLL DAVILA, Primer Vicepresidente del btuado.
DAGOBERTO LAINEZ VODANOVIC, Presidente de la Camara de Diputados.
DOMINGO ANGELES RAMIREZ, Senador Secretando
PEDRO MARD1 ZEÑA, Diputado Secretario.,
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Manda se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los Treinta difu* de! anea de Drcifimínre de mil noveciei*-tos ochert&rtrésr
FERNANDO BELAUNDE TERRY.
CARLOS RODRÍGUEZ PASTOR. MENDOZA.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.