Ley Nº 23745

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Número: 23745


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 23745

LEY N» 23743

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Congreso ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU;

Ha dado la ley siguiente:

Artículo 1.— Autorízase al Poder Ejecutivo para abrir un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para 1983, con cargo t% los Ingresos del Tesoro Público, por la suma dt Doscientos Ochentiún Millones Cuatrocientos Cua-rentiún Mil Soles Oro (S/. 28l’441,000), conforma al siguiente detalle:

VOLUMEN 01: Gobierno Central

SECTOR 01: Presidencia del Consejo d*

Ministros

PLIEGO 01: Presidencia del Consejo d«

Ministros

UNIDAD PRESUPUESTARIA 01: Dirección y Administración

General

ENTIDAD EJECUTORA DEL

PRESUPUESTO 001: Dirección y Adminisl ración PROGRAMA 004: Secretaría de Defensa

Nacional

GASTOS-ASIGNACIONES

Artículo En el plazo de cinco (5) días a partir cíj la fecha de publicación de la presente ley, mediante Resolución del Titular del Pliego, se aprobará la desagregación a nivel de asignaciones específicas de los montos autorizados en el Artículo 1°. Copia de dicha Resolución será remitida a ios Organismos que señala la Ley N 2355G, del Presupuesto del Sector Público para 1983.

Artículo 3"— La presente ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “E Peruano".

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de Diciembre de mil novecientos ociien-

titrés.

MOISES WOLL DAVILA, Primer Vicepresidente del Senado.

DAGOBERTO LAINEZ VODANOVIC, Presidente de la Cámara de Diputados.

DOMINGO ANGELES RAMIREZ, Senador Secretario.

PEDRO BARDI ZENA, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de Diciembre de mil novecientos ochentitrés.

FERNANDO BELAUNDE TERRY.

CARLOS RODRIGUEZ PASTOR MENDOZA.

02.00 BIENES............. S/. .26 400.000

04.00 Transferencias Corrientes „ 248'000,000

TOTAL PROGRAMA S/. 27!'400,000

PROGRAMA C0G: Comando Conjunto de la Fuerza Armada

GASTO-ASIGNACION

01.00 Remuneraciones............. 7*041.000

TOTAL PROGRAMA S'/, 7*041.000

TOTAL PLIEGO

S /. 281'441,000



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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