Tipo de Norma: Ley
Número: 23720
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23720DELEGAN EN EL PODER EJECUTIVO LA FACULTAD DE DICTAR MEDIANTE DECRETO LEGISLATIVO, EN EL PLA-ÍO MAXIMO DE 60 DIAS, LA LEY DEL
SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIO-
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NAL Y LA LEY DEL SERVICIO DE INTELIGENCIA NACIONAL
LEY N 23730
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso ha ciado la Ley siguiente:
El Congreso cíe la República del Perú;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1— Delégase en el Poder Ejecutivo la faculta de dictar mediante Decreto Legislativo, en el plazo máximo de sesenta días, la Ley del Sis_ tema de Inteligencia Nacional y la Ley del Servicio de Inteligencia Nacional, dando cuenta al Congreso, de conformidad con los Artículos 188 y 211, in. ciso 10). de la Constitución Política del Perú,
Artículo 2—> La presente Ley rige desde el día siguiente de su publicación.
Comuniqúese al Presidente de ía República pare su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los doce días del mes de Diciembre de mil novecientos ochentitréSt
RICARDO MONTEAGUDO MONTEAGUDO
Presidente del Senado
DAGOBERTO LAINEZ VODANOVIC Presidente de la Cámara de Diputados
DOMINGO ANGELES RAMIREZ Senador Secretario
PEDRO BARDl 7EÑA
Diputado Secretario de la Re-
A1 Señor Presidente Constitucional pública
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de Diciembre de mil novecientos ochentltrés.
FERNANDO BELAUNDE TEKRY, Presidente Constitucional de la República.
FERNANDO SCIIWALB LOPEZ ALDANA, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relacione Exteriores.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.