Tipo de Norma: Ley
Número: 2365
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02365I.EY N« 2365
Ilvm río ile Iii Corle Suprema:
adición ul nrt. Jlf ife la ley orgAnieu ilel l’uiler Judicial
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
. Artículo 1 o— Adiciónase el inciso
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.