Ley Nº 23631

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 23631

IBL presid

LA NACION RINDE HOMENAJE AL PROCER, HISTORIADOR Y PARLA* MENTARTO DON JUAN BASILIO CORTESANA Y VERSARA

LEY N 2363Í

^TE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO;

El Congreso ha dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU;

Ha dado la ley siguiente:

Artículo 1.— La Nación rinde homenaje al Prócer, Historiador y Parlamentario don Juan

Basilio Cortegana y Vergara.

Artículo 2. — Trasládase sus restos mortales <#el cementerio Presbítero Maestro, Cuartel Santo Domingo N 123, Letra "B”, al Panteón dé los Próceres.

Artículo 3. — Autorízase al Poder Ejecutivo para que a través del Sector correspondiente, dis. ponga la publicación de la obra ''La Historia del Perú” de Juan Basilio Cortegana.

Artículo 4. — Derógase las leyes y demás disposiciones que se opongan a la presente.

Artículo Sf. — La presente ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de Mayo de mil novecientos ochenta y tr@s

SANDRO MARIATEGUI CHIAPPE, Presidente del Senado

VALENTIN PANIAGUA CORAZAO, Presidente de la Cámara de Diputados

PEDRO DEL CASTILLO BARDALEZ, Senador Secre’nrio

HUMBERTO CASTRO RIVAS, Diputado Secretario

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla

Dado en la Casa de Gobiernen en Lima a loi quince días del mes de Junio de mil novecientos

ocli6ntitr^St

FERNANDO BELAUNDE TERRY, Presiden, té Constitucional de la República.

JOSE BENAVIDES MUÑOZ



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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