Tipo de Norma: Ley
Número: 23593
documento PDF
23593LA
REPUBLICA
CONCEDEN PENSION DE GRACIA A DOÑA MARIA JULIA ARENAZA
VELA
RESOLUCION LEGISLATIVA N* 23S92 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso ha dado la Resolución Legislativa siguiente:
EL CONGRESO DE PERU;
SANDRO MARIATEGUI CHIAPPE. Presidenta del Senado.
VALENTIN PAÑI AGUA CORAZAO. Presiden!» de la Cámara de Diputados.
PEDRO DEL CASTILLO BARDALEZ, Senado»,
Secretario.
HUMBERTO CASTRO RIVAS, Diputado Secretario.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a lo» veintiún días del mes de abril de mil novecientos ochentitrés.
FERNANDO BFLAUNDE TERRY ^'•'ANDO BUENDIA GUTIERREZ.
Ha dado la Resolución Legislativa siguiente;
El Congreso, en vista de la iniciativa del Poder Ejecutivo formulada de acuerdo con el Artículo 190 de la Constitución Polaca del Estado, ha resuelto eonceder Pensión de Gracia a doña María Julia Arenaza Vela, viuda del cue fuera Ingeniero Germán Pflücker Gamio. en la suma mensual equivalente a dos y medio (2 y 1 2> sueldos mínimos vital vigente filado para los trabaje dores de la industria y comercio de la actividad privada de la Provincia de Lima, siempre que no exceda del límite filado en •I Artículo 4 del Decreto Surmemo N 022—81— JUS, de 22 de setiembre de ln8L que norma el otorgamiento de Pensione* de Oraría. E*ta Pensión de Gracia se otorgará a r>arHr d° la promulgación de la presente Resolución Lrgislat'va; es personal • intransferible y no genera derecho a pensión de sobrevivientes.
Comuniqúese al Presidente de la Repúblca para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los vemtiún días del mes de abril de mil novecientos ochentitrés.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.