Ley Nº 23568

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 23568

AUTORIZA CREDITO SUPLEMENTARIO EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO

PARA 1982

LEY No.23568

SANDRO MARIATEGUI CHIAPPE Presidente de la Comisión Permanente del Con-

*4

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU:

Ha dado la ley siguiente:

Articulo lo.-Autor ízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para 1982, por la cantidad de Ciento Ochentisiete Millones y 00/100 Soles Oro (S/. 187*000,000), de a-cuerdo al siguiente detalle:

VOLUMEN 01: GOBIERNO CENTRAL.

TITULO I: Ingresos 187*000.00

CAPITULO II: Ingresos Propios 9*000,000 1.0.0 Ingresos Corrientes

1.4.0 Venta de Bienes Corrientes y de Servicios.

1.4.2 Industriales

1.4.2.30 Publicaciones Estadísticos 3*200,000

1.8.0 Saldo de Balance

1.8.2 En Bancos

1.8.2.09 Saldo de Balance 5*800,000

CAPITULO III: ENDEUDAMIENTO 178*000,000 2.0.0 Ingresos de Capital

2.3.0 Endeudamiento 2.3.3. Externo

—Banco lnteramericano de Desarrollo- BID

2.3.3.25 - Parque Zonal Cusco 48*000,000

2.3.3.28 - Circuito Turístico Cusco

(Vía Chequerec) 130*000,000

TITULO II: EGRESOS S/. 187*000,000

SECTOR 17: industria,



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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