Ley Nº 23551

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 23551

LE* No. 23GOL

EL PRESIDENTE DB LA REPUBLICA POR CUANTO:

04.09 Sepelio y Luto............... S/, 2’500

04.12 Subvenciones a Personas Naturales ............. „ 8*500

04.14 Otros (Subsidio por Gastos de

Alimentación)............... „ 93’000

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DEL PERU;

Ha dado la ley siguiente:

Articulo 1— Autorízase wna Transferencia de Partidas en el Gobierno Central correspondí©»*! al Ejercicio Presupuestal 1082 por la suma 4lé| Ciento Noventiocho Millones de Soles íS/, iOÜ’OWk conforme al siguiente detalle:

VOLUMEN 01: Gobierno Central TITULO II : Egresos

DEL

SECTOR 12 : Economía. Finanzas y Comercio PLIEGO 12 : Ministerio de Economía, Finaos»» y Comercio

FINAN Vi AM1 JEN TU

CAPITULO I : Ingresos del Tesoro Publico ......................... ai.mm

PROGRAMA 1201 : Central

Sub-Programa 1201-09 : Transferencia a Organw* mos Públicos e Internacionales

GASTOS — ASIGNACIONES

04.00 TRANSFERENCIAS CORRIEN-TES

04.05 A las Empresas Pública» ... ... S/. 198*00®

SECTOR 15 : Trabajo y Promoción Social PLIEGO 15 : Ministerio de Trabajo y FjrowocHW

Social , „

PROGRAMA 1502 : Central de Promoción BocMi

Jefatura Responsable : Viceministro de Piomoddul

Social

TOTAL: S/. 198 000 Artículo 2— El Ministerio de Trabajo y Promoción Social, en la ejecución de sus gastos con cargo a los recursos autorizados en el artículo precedente, prescindirá de las limitaciones contenidas en el Artículo 71 inciso a) Materiales de Escritorio, o) Impresos y Suscripciones, e) Pasajes, Viáticos y Asignaciones (Comisión de Servicio) y. g) Instalación y Acondicionamiento, de la Ley No. 23350,

Articulo 3— La presente ley rige a patrír. dol día siguiente de sil publicación en el Diario Oficial “El Peruano’*.

Comuniqúese al Presidente Constitucional de la República para su promulgación.

Casa del Congreso, en. Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre de mil novecientos ochentidós.

SANDRO MARIATEGUI CHIAPPE, Presidente del Senado.

VALENTIN PANTAOUA CORAZAO, Presidente de la Cámara de Diputados.

PEDRO DEL CASTILLO BARDALEZ. Senador Secretarlo.

HUMBERTO CASTRO RIVAS, Diputad** Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a tos veintiocho días del mes de diciembre de mil novecientos ochentidós.

FER'N ANDO BELAIJNDE;TERRY.

MANUEL ULLOA ELIAS*

ASIGNACIONES GENERICAS

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3*000

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104*000

02.00 BIENES ...

02.03 Vestuario...... ... M« ...

02.06 Materiales de Escritorio ......

02.00 Materiales de Laboratorio......

02.10 Materiales de Construcción.....

02.13 Materiales y Procesamiento Automático de Dato» ... ...... ...

02.19 Impresos y SbscripmoBwei

08.20 Combustibles, Carburamos y Lu bricantes. ....

• •« »

• 0.1

02.23 Repuestos

03.00 SERVICIOS

08.01 Pasajes, Viáticos y Asignaciones

(Comisión de Servicio) .........

03.03 Movilidad Local...........

03.07 Estudios de Investigación......

03.10 Instalación y Acondicionamiento

03.11 Mantenimiento y Reparación ...

03.13 Tarifas por Servicios Públicos ...

03.21 Arrendamiento de Muebles, Equipos y Otros.................

03.22 Arrendamiento de Servicios para Procesamiento Automático Datos

04.00 TRANSFERENCIAS CORRIENTES .....................



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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