Tipo de Norma: Ley
Número: 23547
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23547LEY N° 23547
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR. CUANTO:
El Congreso ha dado la Ley siguiente EL CONGRESO DE LA REPUBUCA DEL PERU; Ha dado la Ley siguiente;
Articulo i’ — Autorfaase una transferencia «te Partida» por la suma de Ciento Noventa Millonea de Solea Oro <S/. IDO*000,000) en el Presupuesto del Sector Público para 1983, con cargo a loe Ingresos del Tesoro Público, conforme al siguiente detalle:
VOLUMEN Olí Gobierno Central TITULO II: Egresos
DEL
RECTOR 12: Economía, Finanzas y Comercio
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.