Tipo de Norma: Ley
Número: 23464
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23464AUTORIZAN UN CREDITO SUPLEL MENTARIO EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA 1982 POR LA SUMA DE S|. 34r000,000
LEY IV’ 23464
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
Artículo 2— La presente Ley ent rará en vigencia al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial '‘El Peruano”
l
Comuniqúese al Presidente de la República par* su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los diez días del mes de Setiembre de mil novecientos ochen! idós.
SANDRO MARIATEGUI CIIIAPPE, Presidente del Senado
EJ Congreso lia dado la ley siguiente:
Congreso de la República del Perú;
Ha dado la ley siguiente:
VALENTIN PAÑI AGUA CORAZAO, Presidente de la Cámara de Diputados
PEDRO DEL CASTILIjO BARDALEZ, Senador Secretario.
Presidente
3.RY,
Artículo 1— Autorízase un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para 1082 por la cantidad de trescientos CUAPvEN TIUN MILLONES DE SOLES ORO (S/. 341*000, 000) de acuerdo al siguiente detalle:
VOLUMEN 01: Gobierno Central
TITULO I: Ingresos S/. 341*000,000
CAPITULO IL Ingresos Propios 311*000,000
1.4.0 : Venta de Bienes Corrientes
y de Servicios
1.4 2 : Industriales
1 1.2.27: Documentos para Concursos y Licitaciones 2’7Oí),O0#
1.4.6 : Otros
1.4 6.12: Comisiones por Estudio* 30'000,006
1.6.0 : Multas y Otras Sanciones
1.6.2 : Otras Sancione»
OSCAR OLIVARES MONTANO, Diputado Secretario.
AI. SEÑOR PRTpcvxdlNTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
ron TANTO:
Mando se publique y cumpla Dado en la Casa de Gobierno, en Urna, » los Diez días del mes de Setiembre de mil novecientos •ühentidós.
FERNANDO BELAUNDE T]
fjonstátucional de la República.
ALFONSO GRADOS BERTORINI, Ministro de Trabajo y Promoción Social, Encargado de la Car-tara de Economía, Finanzas y Comercio.
1.6,2.02: Moras 300,009
1,3.0 : Saidos de Batano*
1.8.2 : En Bancos
1.8.2 04: Saldos de Balance 30o’ 00,00#
TITULO II: Egreso»
CIXrrOR 17 : Industria, Turismo e
Integración
PLIEGO 17: Ministerio de Industria,
Turismo e Integrackta
PROGRAMA 1711: Industria
Jefatura Responsable:
Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Parques Industríale*
ASIGNACION GENERICAS
08.00 OBRAS S'. 3',1’000,006
08 02 Por Administración
Proyecto 06: Parque Industrial de Sultana............... 75*000,00#
Proyecto 07: Parque Industrial
Río Seco .. ......... 266*000,006
S/. 341*000,006
TOTAL AMPLIACION
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.