Ley Nº 23440

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Número: 23440


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 23440

TRABAJADORES D E EX-EMPRESA PETROLERA FISCAL, INGRESADOS ANTES DEL II DE JULIO DE 1962 Y QUE CONTINUEN EN ACTUAL SERVICIO EN PETROLEOS DEL PERU, PERCIBIRAN L A COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS A QUE TUVIERAN DERECHO, CON ARREGLO

A LA LEY No. 10239

LEY N* 23440

EL PRESIDENTE DE LA. REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBI.ICA DK& PERU .>

Ha dado la ley siguiente:

Artículo 1 — Los trabajadores de la ex-Env, presa Petrolera Fiscal, ingresados antes del ll d« Julio dé 1962 y que continúen en actual servicie en Petróleos del Perú, percibirán la compenjsációii

por tiempo de servicios a que tuvieran derecho, con arreglo a las disposiciones de la Ley N 10239, por todo el tiempo de servicios prestados en ambas entidades, en iguales condiciones que el resto de servidores de ésta.

Artículo 2 — Será de aplicación a los trabajadores a que se refiere la presente ley, las disposiciones de la Ley N 11722.

Comuniqúese al Presidente de la República para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, al primer día del mes de Junio de mil novecientos ochentidós.

JAVIER ALVA ORLANDINI, Presidente del Senado.

LUIS PERCOVICH ROCA, Presidente de la Cámara de Diputados.

MARIO SERRANO SOLIS, Senador Secretadlo.

FRIDA OSORIO DE RICALDE, Diputada Secretaria .

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA.REPUBLICA.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de Jimio de mil novecientos ochentidós.

FERNANDO BELAUNDE TERRY.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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