Tipo de Norma: Ley
Número: 23438
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23438SUSTITUYEN LOS ARTICULOS 32* Y- 33* DE LA LEY ORGANICA DEL BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERU, APROBADA POR EL DECRETO SUPREMO No. 295—68—IIC
LEY N 23-198
EL. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso de la República del Perú;
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1— Sustitúyase los artículos 32.’ y 33 de la Ley Orgánica del Banco Central de Reserva
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.