Tipo de Norma: Ley
Número: 23185
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23185Señalan condiciones de crédito sobre financiamiento de2 buques
DECRETO LET N* BS185
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Docreto Ley alguien te:
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, es necesario autorizar las condiciones de los créditos a que se refiere el Artículo 4* del Decreto Ley 22044 sobre fl-nandamlento de dos (2) Buques Tanques do 26,000 TPB cada uno;
En uso de las facultades de que está Investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente;
Articulo 1*— Las condiciones de los créditos a que se refiere el Articulo 4» del Decreto Ley 22944 serán las siguientes; Un plazo mayor de 10 aflos que Incluye un periodo de gracia no menor de 38 meses, devengando Intereses no mayores de 1,1/4% sobre LIBOR y comisiones de compromiso de hasta 0.5% anual sobre sumas no desembolsadas y de administración de hasta 0.75% por «una vez sobre el monto del crédito.
Articulo 2*— Los coetos locales adicionales en que los Servicios Industriales de la MarlnA —SIMA PERU— Incurran al efectuar la construcción de los Buques ser&n cubiertos con los recursos destinados al Pondo de Plnanclamlento de la Industria Naval, de acuerdo a la legislación vigente.
Articulo 3*— Mediante Contrato a celebrarse entre la Empresa Naviera Petrolera Transoceánica S.A. y el Banco da la Nación en su condición de Agente Financiero del Estado, con la garantía de la Empresa Pública Petróleos del Perú —PE-TROPFRU— se transferirá las sumas que se requiera pRra el Proyecto, en condiciones similares a las obtenidas por el Banco de la Nación correspondiendo, en consecuencia « la Empresa Naviera Petrolera Transoceánica 8 A. y/o PETROPERU proporcionar los recursos para el servicio de las obligaciones.
Dado en la Casa de Onhlemo *n T.lmn a t<vi dijwtltinAua
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.