Tipo de Norma: Ley
Número: 23070
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23070EXTIENDEN EFECTOS DEL D. L 22195 SOBRE NEGOCIACIONES COLECTIVAS
HASTA EL 30 DE AGOSTO
DECRETO LEY N° 23070
CONSIDERANDO:
Que aún subsisten las razones que originaron 3a dación del D. L 22195 ampliado por D L. Nf> 22561;
En uso de las facultades de que está investido; y.
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros ;
Ha dado el DecretoXey siguiente:
Art. 1 - Extiéndese los efectos del D. L. N° 22195 ampliado por D. L. N° 22561, hasta el 30 de Agosto de 1980, inclusive.
Art. 2>— El régimen de las negociaciones y conveciones colectivas de trabajo es determinado por D. S.
Por Tanto: Mando se publique y cumpla.
Lima, 28 de Mayo de 1980
Gral. de Div. EP. F. Morales Bermudez C.
Gral. de Div. EP Pedro Richter Prada. Primer Ministro y Ministro de Guerra, En, cargado de la Cartera de Aeronáutica
Vice-Almirante AP. Juan Egúsquiza B.
Tnte Gral. F.A.P Javier Elias Vargas.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.