Ley Nº 22669

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 22669

APOYO A LA GANADERIA LECHERA

Se aprueban modificaciones de Artículo de Convenio

entre el Vertí y Suiza

General «de División EP. PEDRO RICHTER fraua, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP. LUIS GALINDO CHAPMAN, Ministro de Aeronáutica.

Vicealmirante AP. GARIOS TIRADO ALCORTA, Ministro

Marina.

Embajador CARLOS GARCIA BEDOYA, Ministro de Relaciones Exteriores,

TAirrim stt.va RITETE. Ministro de Economía y

DECRETO LEY N> 22669 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguien-

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Ley 21397 se aprobó el Convenio concertado entre los Gobiernos de la Confederación Suiza y de la República del Perú, con un Protocolo anexo, para el flnanciamiento de un, Programa de Apoyo a ia Ganadería Lechera hasta por un monto de Fr. Sz. 10*000,000.00;

Que para una. mejor, operativiüad del préstamo las partes han acordado redistribuir los recursos crediticios orientando una-mayor cantidad de los. mismos a cubrir gastos locales que demande la ejecución del Programa;

En uso de las facultades de q,ue está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo dé Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Articulo lf— Apruébase las modificaciones al Articulo IV puntos 3 y 4 del Protocolo anexo al Convenio concertado entre los Gobiernos de la Confederación Suiza y de la República del Perú aprobado por.Decreto Ley 21397, relativo a Asistencia Financiera para el apoyo de la ganadería lechera, mediante las cuales se precisa la distribución de los recursos del préstamo.

Artículo 2*— Las posteriores modificaciones que se efectúen al Convenio de Crédito y al Protocolo anexo, que no incidan en. aspectos esenciales del esquema financiero, serán aprobadas me-, diante Resolución Suprema, refrendada por loa Ministros de Economía y Finanzas, de Relaciones Exteriores y de Agricultura y Alimentación, previo informe de la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas y de la correspondiente sustentación de la Unidad Ejecutora.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima,, a los diez días del mes de setiembre de mil novecientos setentinueve.

General de División EP, FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CER-RUTTI, Presidente de la República.

General de División EP., JOSE GUABLOCHE RODRIGUEZ Ministro de Educación.

Vicealmirante AP. JORGE DU BOIS GERVASI. Ministro

de Industria. Comercio. Turismo e Integración.

General do Brigada EP, RENE BALAREZO VALLEBUONA, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada EP. JOSE SORIANO MORCAN, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada. EP. CESAR ROSAS CRE8TO¡ Ministro de Vivienda y Construcción.

Contralmirante AP. JORGE VILLALOBOS URQUIAGA,

Ministro de Pesquería,

Mayor General PÁP. EDUARDO RIVASPLATA HURTA. DO, Ministro de Salud.

Mnror General FAP. JAVIER ELIAS VARGAS, Ministro de

Trabajo.,

General de Brigada EP. OARLOS GAMARRA PEREZ BGANA, Ministro de Agricultura y Alimentación.

General de Brigada EP. FERNANDO VELIT SABATTINI,

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla Lima, 10 de Setiembre de 1979.

General de División E.P., FRANCISCO morales ber-MUDEZ OERRUTTL

General de División EP PEDRO RICHTER PRADA. Tenante General FAP LUIS GALINDO CHAPMAN. Vicealmirante AP CA^T '''S TIRADO ALCORTA.

Doctor JAVIER SILVA RUETE.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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