Ley Nº 22668

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 22668

DECUETO LEY N* 22008 PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto—Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO

Que la Junta de Gobernadores de la Corporación Financie-ria Internacional —CFI— reunida en Washington D.C., el 01 de Mayo de 1976, aprobó por Resolución el ‘'Aumento del Capital Autorizado” mediante la creación de 540,000 acciones adicionales, con un valor nominal de Un Mil Dólares de los Estados Unidos de América <U$- 1 ,000.00) cada una;

Que, al Gobierno del Perú le corresponde suscribir del monto total de la emisión la cantidad de 1,583 acciones que representa la suma de Millón Quinientos Oehentltfés Mil Dólares do los Estados Unidos de América (US.J. 1'593,000. OOi;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo 1’— Apruébase el aumento de aporte de la República del Perú al Capital Autorizado de la Corporación Financiera Internacional — CFI—, y autorizase la suscripción de 1,533 acciones; cada una, con un valor nominal de Un Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US.J 1,000.00). La suscripción asciende á un total equivalente de Un Millón Quinientos Oclien-titrés Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US.t 1'583,000.00)

Articula 2"— Los pagos a que se contrae el artículo anterior se efectuarán en Dólares de los Estados Unidos de América, con vencimientos anuales escalonados mediante cuatro (4) cuotas; correspondiendo pagar en la primera cuota el 40% del total suscrito y las siguientes cuotas serán iguales al 20% del monto antes citado.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez dias del moa de setiembre de mil novecientos selenlinucve.

General de División E.P., FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI, Presidente de la República.

General de División E.P., PEDRO richter prada, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General E.A.P., LUIS GALINDO CIIAPMAN, Ministro de Aeronáutica.

Vicealmirante A.P., CARLOS TIRADO Al.CORTA, Ministro de Marina.

Embajador CARLOS GARCIA BEDOYA, Ministro de Relaciones Exteriores.

Doctor JAVIER SILVA RUETE. Ministro de Economía y Finanzas.

General de División E.P., JOSE GUABLOCHE RODRIGUEZ, Ministro de Educación.

Vicealmirante A.P., JORGE DU BOIS GERVASI, Ministro do Industria. Comercio. Turismo e Integración.

General de Brigada E.P.. RENE BALAREZO VALLEBUONA, Ministro de Energía y Minas.

General de Brigada E.P.. JOSE SORIANÓ MORCAN, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada EP„ CESAR ROSAS CRESTO. Ministro de Vivienda y Construcción.

Contralmirante A.P., JORGE VILLALOBOS URQUIAGA, Ministro de Pesquería.

Mayor General F.A.P.. EDUARDO RIVASPLATA HURTADO, Ministro de Salud.

Mayor General FAP JAVIER ELIAS VARGAS, Ministro de Trabajo.

General de Brigada E.P., CARLOS GAMARRA PEREZ F.CA-NA, Ministro de Agricultura y Alimentación.

General de Brigada EP., FERNANDO VELTT SABATTINI, Ministro del Interior.

POR TANTO;

Mando se publique y cumpla

Lima, 10 de Setiembre de 1979

General de División EP. FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI.

General de División EP. PEDRO RICHTER PRADA.

Teniente General FAP LUIS GALINDO CIIAPMAN

Vicealmirante AP. CARLOS TIRADO ALCORTA.

Doctor JAVIER SILVA RUETE.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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