Ley Nº 22525

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 22525

Re ca teg oriza ción de personaI aprobará el

de Salud

DECRETO LEY Nf 22525

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO;

El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO ! CONSIDERANDO:

Que en aplicación de lOvS Decretos Leyes Nos. 19961, 21089 y 21243 el Ministerio de Salud ha estado* Iniplementando el proceso de recategorización de los trabajadores del Sector Sa. lud;

Que algunas Sociedades de Beneficencia Pública, Organismos Públicos Descentralizados del Sector Salud, han imple-mentado el proceso de recategorización y reajuste de contratos durante el año de 1978, con cargo a sus recursos propios- y sin requerir en ningún caso aporte del Tesoro Público;

Que es necesario autorizar al Ministerio de Salud para que porceda a otorgar la aprobación del proceso de recategorización impleznentado;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

lia dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo l*—: Autorizase al Ministerio de Salud para que apruebe las recategorizaciones del personal nombrado y loar reajustes de contratos que las Sociedades de Beneficencia Pú. bltca hayan implementado durante el ano 1978 con cargo ft sus recursos propios y, sin haber requerido aportes adicionales de! Tesoro Público.

Artículo 29— Derógase o modificase en su caso las disposiciones que se opongan al presente Decreto Ley.

Dado dn la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de mayo de mil novecientos setentinueve.

General de División E.P.t FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI, Presidente de la República.

General de División E.P., PEDRO RICIITER PRADA, Pre. sitíente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General F.A.P., LUIS GALINDO CHAPMAN, Ministro de Aeronáutica.

Vicealmirante A.P.. CARLOS TIRADO ALCORTA, Ministro de Marina.

Doctor JAVIER SILVA RUETE, Ministro de Economía y Finanzas. Encargado de la Cartera de Industria, Comercio, Turismo e Integración.

General de División EP.. JUAN SANCHEZ GONZALE3, Ministro de Energía y Minas.

General (le División EP., ELIVIO VANNINI CHUMPITA-ZI, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Teniente General F.A.P., JOSE GARCIA CALDERON KOECHLIN, Ministro de Trabajo, Encargado de la Cartera de Salud.

General de División E.P., JOSE GUABLOCHE RODRIGUEZ. Ministro de Educación.

General de División E.P., LUIS ARBULU IBAftEZ, Ministro de Agricultura y Alimentación.

General de Brigada E.P., CESAR ROSAS CUESTO, Ministro de Vivienda y Construcción.

Contralmirante AP., JORGE VILLALOBOS URQIJIAGA Ministro de Pesquería.

General de Brigada E.P., FERNANDO VELÍT SABATTI. NI, Ministro del Interior, Encargado de la Cartera de Rehuio-nos Exteriores.

POR TANTO*

Mando *se publique y cumpla.

Lima, 08 de mayo de íí)79

General de División EP., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI.

General de División EP.1, PEDRO RTCHTER PRADA, Teniente General FAP., LUIS GALINDO CIIAPMAR, Vicealmirante AP., CARLOS TIRADO ALCORTA. Teniente General FAP., JOSE GARCIA CALDERON KOD-CttLTN, Ministro de Trabajo, Encargado de te Cartera do ScíudL Doctor. JAVIER SILVA RUETE.

DECRETO LEY 2255:

Tercer Considerando.—

DICE : Que es necesario.......

DEBE DECIR : Que es necesario ...

i



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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