Ley Nº 22400

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Número: 22400


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 22400

AFLIOAIW,B A TENSON AS

LL FRES] DENTE DE IJi REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionarlo ba «lado el Decreto Doy síguUn-

te:

I

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que, es necesario aclualiiU’i* la eslruclam de las tramos d« rentas y tasas del impuesto a la Renta aplicable apersonas na-turaks y jurídicas a fin de que reflejen una distribución equitativa de, la carga tributaria, reduciendo «su incidencia en los contribuyentes de más bejoy Ingresos;

Que, es política del Gobierno proteger a la familia, por lo cual es aconsejable ponnillr n los contribuyente^ reducir (le su renta neta global lia monto mayor ni actualmente auíomado por primas do seguro de vida y accidentes, cumprendiónrlose en este beneficio los aportes para el seguro de salud familiar;

Que, es mnveniente! continuar reduciendo progresivamente el tratamiento diferencial del impuesto a la Renta aplicable a los empleados públicos comprendidos en el .sistema de remuneración os del Sector Público Nacional;

En uso de las íncultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

lía dado el Decreto Ley siguiente:

Articulo Modificase lo* tramos de rentas y tasas pata la aplicación del impuesto a. la renta global Imponible a las personas naturales domiciliadas en el país, Para tul efecto, sustL luyese el texto del inciso b) del Articulo 589 del Decreto Supremo 287-G8-IIC, modificado por el DecrcLo Ley 18697, por «sl'fli-guientet

"b) Renta Global imponible: el impuesto £9 culculaoft^ acuerdo a la escala siguiente:

ENYA IMPONIBLE

TASAS

Hasta

a

50,000

5

%

De 50.001

a

100,000

10

0/

#o

100,001

a

200,000

10

%

200,001

a

300,000

22

%

300,001

a

400,000

28

%

400,001

a

600,000

34

%

fiot ),OOl

a

700,000

40

%

700,001

a

1*000,000

45

%

YOÜO.OOl

a

2*000,000

40

%

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%

4*000.001

a

6*000,000

57

%

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a

8'000,000

81

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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