Tipo de Norma: Ley
Número: 22400
documento PDF
22400AFLIOAIW,B A TENSON AS
LL FRES] DENTE DE IJi REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ba «lado el Decreto Doy síguUn-
te:
I
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, es necesario aclualiiU’i* la eslruclam de las tramos d« rentas y tasas del impuesto a la Renta aplicable apersonas na-turaks y jurídicas a fin de que reflejen una distribución equitativa de, la carga tributaria, reduciendo «su incidencia en los contribuyentes de más bejoy Ingresos;
Que, es política del Gobierno proteger a la familia, por lo cual es aconsejable ponnillr n los contribuyente^ reducir (le su renta neta global lia monto mayor ni actualmente auíomado por primas do seguro de vida y accidentes, cumprendiónrlose en este beneficio los aportes para el seguro de salud familiar;
Que, es mnveniente! continuar reduciendo progresivamente el tratamiento diferencial del impuesto a la Renta aplicable a los empleados públicos comprendidos en el .sistema de remuneración os del Sector Público Nacional;
En uso de las íncultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
lía dado el Decreto Ley siguiente:
Articulo Modificase lo* tramos de rentas y tasas pata la aplicación del impuesto a. la renta global Imponible a las personas naturales domiciliadas en el país, Para tul efecto, sustL luyese el texto del inciso b) del Articulo 589 del Decreto Supremo 287-G8-IIC, modificado por el DecrcLo Ley 18697, por «sl'fli-guientet
"b) Renta Global imponible: el impuesto £9 culculaoft^ acuerdo a la escala siguiente:
ENYA IMPONIBLE
TASAS
Hasta
a
50,000
5
%
De 50.001
a
100,000
10
0/
#o
100,001
a
200,000
10
%
200,001
a
300,000
22
%
300,001
a
400,000
28
%
400,001
a
600,000
34
%
fiot ),OOl
a
700,000
40
%
700,001
a
1*000,000
45
%
YOÜO.OOl
a
2*000,000
40
%
2*000,001
a
4*000,000
r>3
%
4*000.001
a
6*000,000
57
%
6*000,001
a
8'000,000
81
%
iroooM
n
Máft
U5
%
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.