Ley Nº 22391

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 22391

Prorrogan pago de tasa de 8°h en importaciones de sub - conjuntos mecánicos

DECRETO REY No. 22391

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionario lia dado el Decreto Ley siguiente: EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley N0 19256. estableció un régimen arancelario especial para las importaciones de sub-conjuntos mecánicos, repuestos y accesorios para vehículos auíomotores destinados al transporte do pasajeros o de carga, cuyo efecto.ha venido siendo prorrogado sucesivamente medíanle Decretos Leyes Nos, 19859, 20536, 21115, 21805 y 22097, hasta el 31 <1© diciembre de 1978;

Que es necesario continuar otorgando un tratamiento especial a las importaciones a que se refiere el considerando anterior. con las modificaciones Indispensables para adecuarlo al régimen de aplicación de los derechos aduaneros;

En uso de las facultades de que está Investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Articulo Unico,— A partir del 1* de enero y hasta el 31 de diciembre de 1979, las importaciones do los artículos a que se refiere al Decreto Ley N® 19256, pagarán por derecho de importación la tasa de 8% ad-valorem CIE independientemente de los Impuestos establecidos por los Decretos Leyes Nos. 22173, 22202 y 22342.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve dias del mes de diciembre de mil novecientos setenMoCho.

General de División E.P. FRANCISCO MORALES BEIt-MUDEZ CERRUTT1, Presidente de la República.

General de División E.P. OSCAR MOLINA PALLOCCIIIA, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

vicealmirante A.P. JORGE PARODI GALLIANI. Ministro de Marina.

Teniente General FAP. LtJia galindo chapman, Ministro de Aeronáutica.

Embajador, JOSE DE LA PUENTE RADBILL, Ministro de Relaciones Exteriores

Doctor JAVIER SILVA RUETE. Ministro de Economía y Finanzas

General de División E. P. JUAN SANCHEZ GONZALES, Ministro de Energía y Minas.

General de División E. P. ELIVIO VANNINI CIIUMPI-TAZI, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

vicealmirante A.P. FRANCISCO MARIATEGUI ANGULO. Ministro de Tcsqucrla

Teniente General F.A.P. JOSE GARCIA CALDERON KOE. CIILIN, Ministro de Trabajo.

General de Brigada EP. JOSE GUABLOCÍIE RODRIGUEZ Ministro de Educación

Genera! de Brigada E.P. LUIS ARBULU IBAffEZ, Ministro de Agricultura y Alimentación.

Contralmirante AP. JORGE DU BOIS GERVASI, Ministro de Industria, Comercio, Turismo e Integración

Genera) de Brigada E.P. CESAR ROSAS CRESTO, Ministro de Vivienda y Construcción,

Mayor General FÁP. EDUARDO RIVASPLATA HURTADO, Ministro de Salud.

General de Brigada EP. FERNANDO VELIT SABATTINI, Ministro del Interior.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 19 de diciembre de 1978

Genera] de División EP. FRANCISCO MORALES BERMU-DEZ CERRUTTI

General de División EF. OSCAR MOLINA PALLOCCIIIA

Vicealmirante AP. JORGE PARODI GALLIANI

Teniente General FAP. LUTS GALINDO CHAPMAN

Doctor JAVIER SILVA RUETE



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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