Ley Nº 22322

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Tipo de Norma: Ley

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 22322

DECRETO LEY N 22322

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

I'OU CUANTO:

El Gobierno Revolucionario ha ciado el Decreto - Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Ley 22190 se ha facuMndoal Ministro de üconomia y Finanzas a modificar la estructura orgánica de su 6eclor. teniendo en cuenta las funciones que recientemente le ban sido encanecías;

Que el elevado número de miembros del Directorio de la Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE) dificulta la acción de dicha Corporación, por lo que es necesario reestructurar su composición;

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

lia dado el Decreto Ley siguiente:

Artículo Unico.— Sustituyese el texto del artículo 21» del Decreto Ley 1G807, modificado por el articulo 15» del Decreto Ley 21020, por el siguiente:

"Articulo 21— El Directorio de COFIDE estará Integrado por siete (7) miembros designados por el Ministro de Economía y Finanzas, quien también designará al Presidente".

Disposición Transitoria.'— F,1 Dlreclorlo actual de COFIDE continuará en funciones hasta que se designe al nuevo Directorio de conformidad con el presente Decrelo Ley.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro Ova del nics de Octubre de mil novecientos selentloclio.

General de División EP FRANCISCO MORALES BEUMUDEZ CERRUTTI, Presidente de la República.

General de División EP OSCAR MOLINA PALLOCCIIIA, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Vicealmirante AP JORGE PARODI GALLIANI. Ministro de



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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