Tipo de Norma: Ley
Número: 22284
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22284Mercancías abandonadas en Aduanas podrán recuperarse hasta el momento del remate
Decreto Ley N9 22284EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto—Ley 'Siguiente:
El. GOBIERNO REVOLUCIONARIO CONSIDERANDO:
Que, por Decretos Leyes 21105, 21223, 21908, 21969, y 22096, se han establecido diversos plazos para que los consignatarios o dueños de las mercancías en situación de abandono legal- en las aduanas puedan recuperarlas, previa presentación de la pó. liza de importación y pago de los gravámenes correspondido tes;
Que, por causas de fuerza mayor. Incluyendo'circunstancias derivadas de la actual situación económica, no ha sido posible.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.