Tipo de Norma: Ley
Número: 22201
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22201Aprueban Convenio Básico sobre Cooperación Técnica y Científica entre Repúblicas del Perú e India
Decreto I*ey N" 2.Z2Q1EL PRESIDENTE RE T,A REPUBLICA FOR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo hn dado el Decreto.Ley siguiente;
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO;
CONSIDERANDO;
Que con que fecha 26 cíe agosto de 1075 se suscribió en la ciudad de Lima, el “Convenio B/isleo sobre Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de la India";
Que es conveniente a los Intereses nacionales la aprobación de dicho Convenio;
En uso de las facultades de que está Inválido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto Ley siguiente:
Articulo Unico.— Apruébase el "Convenio Básico sobre Cooperación Técnica y Científica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de la India”, suscrito en la ciudad de Lima, el 26 de agosto de 1975.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los SCÍS tilas del mes de Junio de mil novecientos setentlocho.
General de División E. r., FRANCISCO MORALES BER-MUDEZ CERRUTTI. Presidente de la República
General de División E. P.. OSCAR MOLINA FALLOC-CHIA. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra
Vico Almirante AP., JORGE FARODI G ALLI A NI, Ministro de Marina.
Teniente Gemral FAF., JORGE TAMAYO DE LA FLOR, Ministro de Aeronáutica.
Embajador JOSE DE LA PUENTE R A DRILL, Ministro de Relaciones Exteriores
Doctor, JAVIER SILVA RUErE, Ministro de Economía y Finanzas.
Ingeniero, GABRIEL LANATA PIAGGIO, Ministro de Industria, Comercio, Turismo e Integración.
General de DI vis ón E. P., JUAN SANCHEZ GONZALES, Ministro de Energía y Minas
General de Divis ón E. P., OTTO ELESFUTHT PEVOREDO Ministro de Educación.
General de División E. P., ELIVIO VANNINI CHUMPITA-ZI, Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Vicealmirante A. P.. F'RANCISCO MARIATEGUI ANGULO, Ministro de Pesquería.
Teniente General FAP.. JOSE GARCIA CALDERON KOE-CIILIN, Ministro de Trabajo.
General de Brigada E. P.. LUIS ARBULU IBANEZ, Ministro de Agricultura y Alimentación.
Mayor General FAP.. oscau DAVINA ZUMAETA, Ministro de Salud.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.