Ley Nº 22116

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Número: 22116


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 22116

GOBIERNO APROBO CONVENIO DE COOPERACION TECNICA ENTRE PERU

GUATEMALA

DECRETO LEY N° 22116

CONSIDERANDO:

Que c! 2.4 de Junio de 1977 lúe susenLo cu !n ciudad de. Guatemala el Convenio Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Guatemala;

Que e! 24 de Junto de 1977 fue suscrito en ja ciudad de San Salvador el Convento Bási„ eo de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de El Salvador;

Que el 26 de Junio de 1977 fue suscrito en la ciudad de Tegucigalpa el Convenio Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Honduras;

Que el 28 de Junio de 1977 fue suscrito en

ía ciudad de Managua el Convenio Básico de

Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la Repú_ biiea de Nicaragua;

Que el 30. de Junio de 1977 fue suscrito en

la ciudad de San José el Convenio Básico de

Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Costa Rica;

Que es conveniente a los intereses nacionales la aprobación do dichos Convenios;

En uso de las facultades de que está in„ vestido; y,

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros

Ha dado el Decreto_Ley siguiente:

Artículo Unico.— Apruébase los siguientes Convenios:

—Convenio Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno ele la República de Guatemala/ suscrito en ía ciudad de Guatemala el 23 de Junio de 1977.

—Convenio Básico de Cooperación Técuic. cutre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de El Salvador, suscrito ert la ciudad de San Salvador el 24 de

Junio de 1977.

—Convenio Básico de -Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Honduras, sus_ crito en la ciudad de Tegucigalpa el 26 de Junio de 1977.

•—Convenio Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Nicaragua, sus., crito en la ciudad de Managua el 28 de Junio de 1977.

— Convenio Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y et Gobierno de ía República de Costa Rica, suscrito en ia ciudad de San José el 30 de Junio de 1977.

Por tanto: Mando se publique y cumpla.

Lima, 21 de Marzo de 1978

Gral. de Div. ET\ F. Morales Bermúdez C.

Gral. de Div. EP. Osear Molina Faííuecína

Vice_AImiran*e AP Jorge Parodi Gal Han i.

Tnte. Gral. FAP. Jorge Tamayo de la Flor.

Embajador José de la Fuente Rao bilí



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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