Tipo de Norma: Ley
Número: 22115
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22115Reconocen a Academia Diplomática del Perú como Institución del II Ciclo de Educación Superior
DECRETO LEY N* 22115 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley sL cuient*»-
EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO*
Que la Ley General de Educación establece que el Segundo Ciclo de Educación Superior corresponde, entre otros centros de estudio, a aquellos expresamente autorizados por Lev;
Que la Academia Diplomática del Perú está considerada en la Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores como organismo de íonnación profesional;
Que. la Academia Diplomática del Perú cumple con los objetivos fijados para las instituciones educativas del Segundo Ciclo de Educación Superior, particularmente en cuanto ofrece una formación académica y profesional completa en una determinada área tnterdisciplinana;
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.