Ley Nº 21950

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 21950

Crean Volido para promover el cultivo de planias oleaginosas

DECRETO I.EY N ÍPIIÍO

EL PRESI DENTE DK LA REPUDUCA

POR CUANTO*

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO HA DADO EL DE-CRISTO LEY SIGUIENTE:

EL OOBTERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Ly N» 31406 se creó un Fondo pura promover el cultivo de plantas oleaginosas, mediante el otorgamiento de cródlloa a liws productores que se dediquen a dichos cultivos, que quedó constituido por la diferencia cn-

G eneral de División EP. FRANCISCO MORALES BEFt-MUDEZ CERRUTTI, Presidente de ln Hepi'ibllca.

Oonernl de División EP. GUILLERMO ARBULU DA-LLIANI, presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Oucrra.

Vicealmirante AP. JORGE TARODI OALLIANI, Ministro de Marina.

Teniente General FAP. JORGE TAMAYO DE LA FLOR, Ministro de Aeronáutica.

General de División EP., GASTON LBANEZ OBR1EN, Ministro de Industria y Turismo Encargado de la Cartera de Inlegración.

Teniente General FAP. HUMBERTO CAMPODONICO HOYOS. Ministro de Salud.

Teniente Osncral FAP LUIS ARIAS GRAZIANI, Ministro

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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