Ley Nº 21325

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 21325

Comprarán casas para personal de las FF.PP. con préstamo de 700 millones

DECRETO LEY N’ 21325

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

Ei Gobierno Revolucionario ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

CONSIDERANDO:

Que por Decreto-Ley 21131 de 11 de abril de 1975, se autorizó al Minis-nisterio del Interior a ob tener un préstamo del Banco de la Nación, hasta por un monto de Setecientos Millones de Soles Oro 00/100 (Si. 700’000, 000.00) destinados a la construcción de casas para Oficiales y Personal Subalterno de fas Fuerzas Policiales;

Que por Decreto Supremo N* 205-75-EF de 12 de agosto de 1975, se aprobó el Contrato de Préstamo, concertado entre el Banco de la Nación y el Ministerio del Interior, por el monto indicado;

Que la finalidad esencial de la autorización conferida es contribuir de manera eficaz a dar inmediata solución al problema de vivienda del personal de las Fuerzas Policiales, por lo que resulta necesario ampliar el destino del préstamo en referencia a la adquisición de casa construidas o én construcción cuando esta alternativa ofrezca mayores ventajas;

En uso de las facultades de que está investido;

y.

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros:

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo Unico.— Amplíase el artículoM* del Decreto-Ley 21131, en el sentido de que el préstamo autorizado podrá destinarse también a la adquisición de casas construidas, siempre que esta alternativa resulte más beneficiosa.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de Diciembre de mil novecientos setenticinco.

General de División EP

FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI,

Presidente de la República.

General de División EP OSCAR VARGAS PRIETO, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP DANTE POGGI MORAN, Ministro de Aeronáutica.

Vice Almirante AP JORGE PAROD! GALLIA-Nl, Ministro de Marina.

General de División EP LUIS LA VERA VELARDE, Ministro de Energía y Minas.

General de División EP ENRIQUE GALLEGOS VENERO, Ministro de Agricultura.

General de División EP

MIGUEL ANGEL DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.

Doctor LUIS BARUA CASTAÑEDA, Ministro do Economía y Finanzas.

General de Brigada EP CESAR CAMPOS QUE-SADA, Ministro del Interior

Mayor General FAP JORGE TAMAYO DE LA FLOR, Ministro de Salud.

General de Brigada EP. GASTON IBAÑEZ O’BRIEN, Ministro de Industria y Turismo.

Mayor General FAP, LUIS GALINDO CHAP-MAN, Ministro de Trabajo.

General de Brigada EP RAFAEL HOYOS RUBIO, Ministra de Alimentación Encargado de la Cartera de Comercio.

General de Brigada EP ARTEMIO GARCIA VAR-GAS, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

General de Brigada EP RAMON MIRANDA AM-PUERO, Ministro de Educación.

Contralmirante AP„ FRANCISCO MARIATE-GUI ANGULO, Ministro de Pesquería, Encargado de la Cartera de Vivienda y Construcción.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Lima, 2 de Diciembre de 1975.

General de División FP

FRANCISCO MORALES BERMUDEZ CERRUTTI.

General de División EP OSCAR VARGAS PRIETO

Teniente General FAP, DANTE POGGI MORAN.

Vice Almirante AP, JORGE PARODI GALUA-NI.

General de Brigada EP CESAR CAMPOS QUESA-DA.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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