Tipo de Norma: Ley
Número: 21276
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21276PRORROGAN PLAZO PARA ELABORAR LISTAS DE PRODUCTOS ESPECIFICOS
DECRETO-LEY N'-’ 21276
CONSIDERANDO:
Que el Decrelo_Ley 21203 lia suspendido hasta el 3! de Diciembre ele 1975 los procedimientos de modificación de precios de los bienes y servicios sujetos a los Sistemas de Control y de Fiscalización de Precios, concediéndose en su Art. 4’, un plazo de sesenta (60) días para que los Ministerios competentes elaboren nuevas listas de productos específicos que se sujetarán a los mencionados sis tenias;
Que es necesario completar los estudios que se vienen realizando para lograr e( nivel de especificación que se requiere;
En uso de las facultades de que está investido; v
Con el voto aprobatorio del Consejo de Mi, nistros;
Ha dado el Decreto_Lev siguiente:
Artículo lírico — Prorrógase hasta el (5 de Diciembre de 1975, c! plazo para la elaboración de las listas: de productos específicos, a que se refieie el Art. 4n del Decreto-Ley 21203.
Por tanto: Mando se publique y cumpla.
Lima, 30 de Setiembre de 7975
Gra! de Div EP F. Morales Bermtídez C
Gral de División EP Oscar Vargas Prieto
Tnfe Craf FAP César Podestá Jiménez.
Vice-Afinirante AP Jorge Parodi Galliani.
Mavor General FAP. Luis Arlas Graziant-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.