Tipo de Norma: Ley
Número: 21230
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21230AMPLIAN EL PRESUPUESTO BIENAL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL A
A S/. 31'616,725.00
DECRETO-LEY N 21230
CONSIDERANDO:
Que por Decreto-Ley N° 21103 se aprobó el Acuerdo de Préstamo N 1-1974 concertado entre los Gobiernos del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y del Perú, por lo que se concede un crédito de hasta 350,000 Libras Esterlinas, cuya equivalencia en moneda nacional representa la cantidad de S/. 3T616, 725.00;
Que el citado Decreto-Ley dispone que dichos recursos deben ser utilizados en la adquisición de equipos para la construcción de carreteras en el área de Arequipa-Zona del Proyecto Majes;
Que para el efecto es necesario ampliar el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975-1976 en lo que respecta al Pliego: Ministerio de Agricultura. Programa 1023: “Proyecto Integral de Desarrollo Regional Majes-Siguas”, hasta por el monto antes mencionado;
De conformidad con lo dispuesto por el Art. 57- de la Ley N 14816, Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y por el Art. 40 del Decreto-Ley N 21057, Ley del Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975-1976;
Estando a lo informado favorablemente por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General de Presupuesto Público;
En uso de las facultades de que está investido; v
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Art. 1— Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975-1976, hasta por la cantidad de Treintiún Millones
Seiscientos Dieciseis Mil, Setecientos Veinticinco y 00/100 Soles Oro (S/. 31*616,725.00), conforme al detalle siguiente:
Volumen 01: Gobierno Central Título I: Ingresos Capítulo IV: Endeudamiento 2: Externo
Partida: S /.
323-A: Acuerdo de Préstamo N 1-1974
entre Gran Brefaña y el Perú, Decreto-Ley N 21103 ____3T616/725
Título II: Egresos Sector 10: Agricultura Pliego 10’ Ministerio de Agricultura Programa 1023: Proyecto Integral de Desarrollo Regional Majes- Siguas.
Jefatura Responsable: Dirección E-jecutiva del Proyecto Especial
Majes.
Partidas: $/.
02.00 Bienes ....... ... .......... 4'516,675
08.00 Bienes de Capital Nuevos ..... 27T00.050
TOTAL: S/. 31 '616,725 .
Art. 2— El Ministerio de Agricultura en el término de diez (10) días contados a partir de la publicación del presente Decreto-Ley autorizará la modificación del respectivo Presupuesto Analítico, transcribiendo copia de la correspondiente resolución a los Organismos señalados en el Art. 9 del Decreto-Ley N 21057.
Por tanto: Mando se publique y cumpla.
Lima, 5 de Agosto de 1975.
Gral. de Div. EP. Juan Velasco Alvarado.
Tnte. Gral. FAP. Rolando Gilardi Rodríguez, Ministro de Aeronáutica, encargado de la Cartera de Guerra.
Vice-Al mirante AP, Augusto Gálvez Velarde.
Gral. de Brig. EP. Amflcar Vargas Gavilano.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.