Tipo de Norma: Ley
Número: 21200
documento PDF
21200MINISTERIO DE ECONOMIA HARA TRANSFERENCIA DE ASIGNACIONES PRESUPUESTALES POR S/ 42 092,755 00
DECRETO-LEY N 21200
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar las Partidas 04.07 Pensiones de Cesantía, Invalidez y Sobrevivientes y 04.17 Créditos Devengados y Re conocidos, del Programa N° 25: “Ministerio de Comercio", a fin de posibilitar la atención de gastos correspondientes a listas pasivas del citado Pliego en el vigente Ejercicio Presupuesta!;
Que para el efecto se requiere autorizar u_ na Operación de Transferencia de Asignaciones Presupuéstales, hasta por la cantidad de S/. 42*092,755.00, no obstante las limitaciones contenidas en el Art. 46 del Decreto-Ley N 21057;
Estando a lo informado favorablemente por la Dirección General de Presupuesto Público;
En uso de las facultades de que está investido; y
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Ha dado el Decreto-Ley siguiente:
Art Unico.— Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a efectuar una Operación de Transferencia de Asignaciones Presupuéstales, hasta por la cantidad de Cuarentidos Millones Noventidos Mil Setecientos Cincuenticin co y 00/100 Soles Oro (S/. 42*092,755.00) en el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1975-1976, conforme al siguiente de_ talle:
Volumen I: Gobierno Central
Título II: Egresos
DEL:
Sector: 09: Economía y Finanzas
Pliego 09: Ministerio de Economía y Finanzas Programa 0907: Formulación y Evaluación del Presupuesto Público
Jefatura Responsable: Dirección Gral. de Presupuesto Público
Partida: S/.
04.00 Transferencias Corirentes 04.06 Otras Transferencias al Sector Público.............42'092,755.00
AL
Sector 25: Comercio Pliego 25: Ministerio de Comercio Programa 2501: Alta Dirección y Administración Central
Jefatura Responsable: Dirección General de Ad ministración.
Partidas: S/.
04.00 Transferencias Corrientes C4.07 Pensiones de Cesantía, Invalidez y Sobrevivientes ..... 39*484,114.00
04.17 Créditos Devengados y Reco
nocidos ................. 2*608,641.00
TOTAL: S/. 42*092,755.00
Por tanto: Mando se publique y cumpla. Lima, 26 de Junio de 1975.
Gral. de Div. EP. Juan Velasco Alvarado. Gral. de Div. EP. F. Morales Bemiúdez C. Vice_Almrante AP. Augusto Gálvez Velarde. Gral. de Brig. EP. Amílear Vargas Gavilano.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.