Tipo de Norma: Ley
Número: 2107
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02107LEY V 2107
A pro v re ha m ionio dol quino oii favor do la nqrioullura
naoíonal
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso ha dado la ley siguiente:
El Congreso cíe la República Peruana
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1—El Poder Ejecutivo hará efectiva la preferencia pata el aprove-
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.