Ley Nº 21046

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 21046 AMPLIAN EL PESUPUESTO BIENAL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL HASTA

POR S|. 3713,900.00

DECRETO-LEY N" 21046 CONSIDERANDO:

Que los recursos financieros asignados en el vigente ejercicio presupuestal a las Zonas de Educación N 41-Arequipa y 42_Tacna del Programa 2214-Cuarta Región de Educación y N 51-Cuzco y 53-Abancay del Programa 2215-Quinta Región de Educación, correspondientes al Presupuesto de Operación del Pliego Ministerio de Educación, han resultado insuficientes para el cumplimiento de las metas Prograr madas;

Que de acuerdo al análisis de la Ejecución Presupuesetal del Pliego, se infiere una mayor captación de recursos financieros provenientes de la fuente Ingresos Propios, que permitirán financiar las necesidades de las partidas deficitarias de los citados Programas;

Que en consecuencia es necesario ampliar el Presupreseto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974, en el Pliego Ministerio de Educación hasta por la cantidad de S|. 3713,900.00.

De conformidad con lo dispuesto por los Art. 57 de la Ley N 14816, Orgánica del Presupuesto Funcional de la República y 41 del Decreto Ley N 19864, Ley del Presupuesto Bienal vigente;

Estando a lo informado favorablemente por el Instituto Nacional de Planificación y la Dirección General de Presupuesto Público.

En uso de las facultades de que está investido; y

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

Ha dado el Decreto Ley siguiente:

Art. Unico.— Amplíase el Presupuesto Bienal del Sector Público Nacional para 1973-1974. hasta por la suma de Tres Millones Setecientos Trece Mil Novecientos y 00|100 Soles Oro (S|. 3713,900.00) conforme al siguiente detalle:

Volumen I: Gobierno Central

Título I: Ingresos

Capítulo III: Ingresos Propios

2: Tasas

2.3: Tasas Educacionales

Partida 207: Derechos de Pensiones de Enseñanza............ 3713,900.00

Título II: Egresos Sector 17: Educación

Pliego 01: Ministerio de Educación

Presupuesto de Operación

Programa 2214: Cuarta Región de Educación.

Jefatura Responsable: Dirección Re gional.

Actividad 041: Zona de Educación N 41-Arequipa.

Sub-Programa 11: Administración Regional.

Partidas:

02.00 BIENES

02.05 Materiales Eléctricos ....... 50,000.00

02.07 Combustibles, Carburantes y

Lubricantes ............ .. 20,000.00

02.10 Utiles de Escritorio y Materiales para Impresión ....... 300,000.00

02.15 Repuestos de Equipos de

Transporte ............... 50,000.00

02.17 Repuestos de Otros Equipos 30,000.00

03.00 SERVICIOS

03.01 Viáticos, Gastos de Viaje e

Instalación .... 200,000.00

03.08 Mantenimiento de Equipos de

Transporte ............ .. 30,000.00

03.12 Impresiones y Publicaciones, 20,000.00

Sub-Programa 13: Educación Primaria Diurna y Básica Regular.

Partidas:

03.00 SERVICIOS

03.05 Servicios Públicos ......... 260,000.00

03.14 Arrendamiento de Inmuebles 1 TOO,000.00 Sub-Programa 20: Educación Secundaria Común.

Partidas:

03.00 SERVICIOS

03.05 Servicios Públicos .......... 120.000.00

Actividad 042: Zona de Educación N 42-Tacna.

Sub-Programa 20: Educación Secundaria Común.

Partida:

02.00 BIENES

02.10 Utiles de Escritorio y Materiales para Impresión ...... 100,000.00

Programa 2215: Quinta Región de Educación.

Jefatura Responsable: Dirección Re

gional.

Actividad 55: Sede Regional de la Quinta Región.

Sub-Programa 11: Administración Regional.

Partidas:

03.00 SERVICIOS

03.01 Viáticos, Gastos de Viaje e

Instalación ............... 100,000.00

03.03 Embalajes y Fletes ........ 2,000.00

03.05 Servicios Públicos .......... 40,700.00

03.07 Mantenimiento de Mobiliario

y Equipo de Oficina ____ 6,200.00



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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