Ley Nº 20771

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 20771

En vía dé gracia conceden un aumento en pensión de montepío

DECRETO LEY N9 20771

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Gobierno Revolucionarlo ha dado el Decreto-Ley siguiente:

EL GOBIERNO REVOLUCIONARIO.

CONSIDERANDO:

Que el que file Capitán de Aeronáutica don Carlas Martínez de Pinillos Coello ha dado prestigio ni país y a su Aviación. realizando cuando la técnica de vuelos estaba aún en incipiente desarrollo, importantes raids aéreos que unieron nuestro país con otros y efectuando vuelos aéreas a doce países de América en misión de buena voluntad ;

Que la pensión de montepío que actualmente recibe su viuda es tan exigua que no le permite satisfacer sus necesidades primarias, por lo que es deber del Estado acudir en su apoyo;

De conformidad con el Artículo 120 de la Constitución del Estado, y del Artículo 6 del Decreto-Ley 17063;

En uso de las facultades de que está investido; y.

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministras;

Ha dado el Decreto-Ley siguiente:

Artículo — Concédese, en vía de gracia, a doña Asteria Castro Vda. de Martínez de

Pinillos un aumento en su pensión de montepío, la que en total alcanzará a la suma de Cinco Mil Soles Oro (S/. 5,000.00) mensuales, a partir de la vigencia del presente Decreto-Ley; aumento que no generará derecho a pensión.

Articulo 2o— El Ministerio de Aeronáutica queda encargado del cumplimiento del presente Decreto-Ley,

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de octubre de mil novecientos seten-licuatro.

General de División E.P., JUAN VELASCO ALVARA-DO, Presidente de la República.

General de División E.P., EDGARDO MERCADO JA-RRIN, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Guerra.

Teniente General FAP.,

ROLANDO GÍLARDI RODRIGUEZ, Ministro de Aeronáutica.

Vice-Almirante AP., JOSE ARCE LARGO, Ministro de Marina.

Teniente General FAP., PEDRO SALA OROSCO, Ministro de Trabajo.

General ae División E.P., ENRIQUE VALDEZ ANGULO, Ministro de Agricultura.

General de División E.P., JORGE FERNANDEZ MAL-DONADO SOLARI, Ministro de Energía y Minas.

General de División E.P., JAVIER TANTALEAN VA-NINI, Ministro de Pesquería.

Vlce-Almirante AP., AUGUSTO GALVEZ VELARDE, Ministro de Vivienda.

Teniente General FAP., FERNANDO MIRO QUESA-DA BAIIAMONDE, Ministro de Salud.

Contralmirante AP., ALBERTO JIMENEZ DE LUCIO, Ministro de Industria y Turismo.

General de Brigada E.P., MIGUEL A. DE LA FLOR VALLE, Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada E.P., PEDRO RICIITER ERADA, Ministro del Interior, Encargado de la Cartera de Educación.

General de Brigada E.P., AMILCAR VARGAS GAVI-rano, Ministro de Economía y Finanzas.

General de Brigada E.P., RAUL MENESES ARATA, Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Mayor General FAP LUIS ARIAS GRAZIANI, Ministro de Comercio.

POR TANTO:.

Mando se publique y cumpla.

Lima, 29 de octubre de 1974.

General de División E.P.,

JUAN VELASCO ALVARA-DO.

General de División E.P.,

EDGARDO MERCADO JA-RRIN.

Teniente General FAP.,

ROLANDO GILARDI RODRIGUEZ.

Vice-Almirante AP., JOSE ARCE LARGO.

General de División E.P.,

EDGARDO MERCADO JA-RRIN,



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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